Sólo es necesaria la presentación del Documento Nacional de Identidad o cualquier otro documento identificativo.
Los usuarios que deseen consultar documentos solo podrán acceder a las mesas de la sala de consulta portando papel, lápiz, ordenador portátil y teléfono móvil en “modo silencio”. Si, excepcionalmente, por razón de su consulta necesitan acceder a las mesas con otro material u objetos distintos a los mencionados, deberán solicitar el correspondiente permiso al personal archivero de la sala de consulta.
No a los documentos con información sobre otras personas distintas del interesado. Solo éstos podrían acceder a los documentos que contengan sus datos personales, en aplicación del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. En todo caso, para los documentos que no sean de libre acceso, se estará, además, a lo dispuesto en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid
Sí. Todos los documentos del Archivo son de libre acceso a los ciudadanos, dado su carácter histórico, salvo las restricciones que la legislación vigente establece relativas al estado de conservación de los documentos.