Resolución número 267/2024
Incompetencia del Tribunal por razón del territorio. Corresponde el conocimiento de la Resolución al TACRC
Incompetencia del Tribunal por razón del territorio. Corresponde el conocimiento de la Resolución al TACRC
Inadmisión de recurso contra propuesta de exclusión de oferta incursa en presunción de anormalidad, al tratarse de un acto de trámite no cualificado, pues requiere su aceptación por el órgano de contratación. Acto no recurrible.
Legitimación: Aun en el supuesto de estimar íntegramente el recurso, su puntuación total le coloca como tercer clasificado, lo que unido a la ratificación de la adjudicación al primero de ellos por Resolución de este Tribunal, le hace perder cualquier beneficio.
Ofertas anormales. El adjudicatario justificó su viabilidad con la minoración de uno de los precios unitarios, hasta ser la mejor oferta y entrar en temeridad a costa de aumentar el otro precio unitario. Se comprueba que la temeridad se estudia en su conjunto y además no se encuentra el precio ofertado por debajo del convenio colectivo sectorial vigente, ni el ya firmado pero todavía sin entrar en vigor.
Presupuesto base de licitación. Estimación parcial de recurso por los siguientes motivos: ausencia de desglose del presupuesto base de licitación, ausencia determinación y graduación de penalidades e indeterminación horaria del servicio.
Oferta anormal. Se justifica un contrato de asistencia letrada sin hacer referencia a convenio colectivo alguno al ser todos los profesionales socios o asociados de la empresa y en consecuencia no tener personal contratado. El resto de gasto se minoran de los ingresos antes de proceder al reparto de beneficios entre dichos letrados
Solvencia. Recurso contra exclusión de licitador propuesto como adjudicatario por no acreditar la solvencia técnica. Desestimación. No acredita de acuerdo con los pliegos la solvencia técnica exigida mediante los correspondientes certificados que incluyan servicios de los tres primeros dígitos de CPV.
Recurso contra adjudicación de contrato por estar incurso el adjudicatario en prohibición de contratar a no disponer de un plan de igualdad. Desestimación. Aplicación doctrina de cosa juzgada administrativa.
Procedimiento negociado sin publicidad. Recurso contra adjudicación por procedimiento negociado sin publicidad previsto en artículo 168, letra a9, apartado segundo (que no exista competencia por razones técnicas). Estimación. No se justifica en el expediente la utilización de este procedimiento excepcional.
solvencia. Recurso contra pliegos por considerar que la solvencia técnica exigida restringe la competencia. Desestimación. La solvencia exigida es la mínima prevista en el artículo 90.2 de la LCSP y es acorde con la complejidad del contrato.