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Ayudas a la instalación de ascensores en edificios de viviendas 2023

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Plan Regional de Ascensores - Convocatoria 2023

 

NOTA INFORMATIVA:

 

LISTADO DE SUBSANACIÓN DE BENEFICIARIOS DEL PLAN REGIONAL DE ASCENSORES CON CONCESIÓN CONDICIONADA

 

Resolución de 23 de julio de 2024, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación

 

Transcurridos los 6 meses desde la publicación de la Orden de 22 de diciembre de 2023, por la que conceden subvenciones del Plan Regional de Ascensores y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11.2) de la Orden 1764/2023, de 24 de mayo, para los beneficiarios con concesión condicionada, sujeta expresamente a la condición resolutoria de que, en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la resolución de concesión, se aporte el proyecto del ascensor correspondiente a la ayuda concedida, así como la documentación que no figurasen en el expediente, se notifica trámite de audiencia previo al inicio del procedimiento de declaración de pérdida del derecho al cobro de la ayuda, que se realizará de oficio, y se concede un plazo de diez días hábiles, para la aportación de la documentación que aparece en el listado adjunto.

 

El plazo finalizará el día 30 de agosto de 2024

 

Listados de beneficiarios y excluidos

Mediante Orden de 22 de diciembre de 2023, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, se conceden subvenciones del Plan Regional de Ascensores de la Comunidad de Madrid, previstas en la Orden 1764/2023, de 24 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura por la que se convocaban dichas ayudas para el año 2023, y se aprueba el listado definitivo de solicitantes excluidos.

 

Listado de beneficiarios

 

Mapa de localización de actuaciones beneficiarias

 

 

Listado de solicitantes excluidos

Códigos de exclusión

 

 

Presentación de documentación aplazada:

En el caso de concesiones condicionadas, éstas estarán sujetas expresamente a la condición resolutoria de que en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la resolución de concesión en el BOCM se aporte la documentación aplazada.

¿Cuándo se conocerán los beneficiarios?

Tras la finalización del plazo de solicitudes, se revisarán las solicitudes recibidas en plazo y forma correcta y se publicará en la página web un listado de las mismas.

Posteriormente se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) la Resolución de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de las solicitudes con requerimiento de subsanación y se colgará la lista en la página web institucional, dando un plazo para subsanar las deficiencias.

Una vez revisados los aportes se publicará el listado de beneficiarios y excluidos en esta misma web y en el BOCM.

La notificación no se realiza de forma individual, sino mediante la publicación en esta página y en el BOCM. Para estar informados pueden revisar periódicamente la web o bien suscribirse al Servicio de Alertas que ofrece la Comunidad de Madrid.