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Consumidores y renting de vehículos. Conozca sus derechos

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El creciente aumento del precio de los vehículos y el hecho de que se trate de bienes que van perdiendo su valor progresivamente con el paso del tiempo, hace que muchas personas consumidoras se planteen alternativas diferentes a la compra. Una de ellas es el renting. En el siguiente reportaje del Portal del Consumidor le explicamos qué es y qué debe usted saber si se acoge a esta fórmula.

El renting es un contrato de alquiler de bienes muebles a cambio del pago de una cuota periódica. Puede aplicarse a otro tipo de productos, pero se usa habitualmente para la adquisición de vehículos, donde el contrato se relaciona a un periodo determinado (suele hacerse entre uno y cinco años) o a un número de kilómetros de uso (que suele estar entre los 10.000 y los 20.000 kilómetros anuales).

Hasta hace poco, el renting solo se ofrecía a empresas y a autónomos, pero ahora las compañías de renting se están dirigiendo también a los particulares.

Cuota mensual

Una de las características de los contratos de renting es que exigen el pago de una cuota mensual por el uso del vehículo. De este modo, el consumidor disfruta del uso del vehículo durante el periodo y kilometraje anual acordado, pagando por ello una cantidad mensual.

La cuota suele incluir los siguientes aspectos:

  • El seguro a todo riesgo con asistencia en viaje incluida
  • El mantenimiento del vehículo con revisiones en talleres oficiales
  • El impuesto de vehículos de tracción mecánica, más conocido como impuesto de circulación
  • La reparación de averías
  • Hay ocasiones en que incluye la sustitución de neumáticos

Todos estos gastos, que el consumidor asume cuando es el propietario del vehículo, quedan incluidos en la cuota del renting.

Compruebe también si incluye otros. 

Generalmente, los contratos de renting suelen incluir también el depósito de una fianza al firmar el contrato, que se devuelve al finalizar el mismo, si no se ha producido un mal uso del vehículo.

Contratos

Los contratos de renting no tienen una regulación específica ni están sujetos a normativa de supervisión especial. El contenido del contrato es libre y se rige por las estipulaciones pactadas, aunque respetando el Código Civil y el Código de Comercio, por lo que las coberturas, duración del contrato, o las indemnizaciones por resolución anticipada, estarán recogidas en el propio contrato.

Por ello, es importante que compruebe antes de firmar, que está de acuerdo con las condiciones pactadas, tanto en lo relativo al precio de las cuotas, como a las condiciones de duración del mismo o a la cobertura que la empresa le ofrece mientras use el vehículo.

También es importante que compruebe si tiene opción de compra, ya que los renting de vehículos incluyen cada vez más esta posibilidad para el consumidor una vez que ha vencido el periodo de uso acordado. Al concluir el contrato, otra opción a la que el consumidor podrá acogerse es la de renovación del renting.

Penalizaciones

Tenga en cuenta también que el renting de vehículos suele estar sujeto a penalizaciones en el caso de que se incumplan las condiciones del contrato. Fundamentalmente, estas penalizaciones afectan a la entrega del vehículo antes del periodo concertado o con más kilometraje de lo pactado. Asegúrese, antes de firmar el contrato, de cuáles son esas condiciones de penalización.

También hay contratos que contemplan bonificaciones por entregar el vehículo con menos kilómetros de los establecidos. Revise también si su contrato incluye dicha bonificación.

Recomendaciones

Si se decide por adquirir un vehículo a través de la modalidad de renting, tenga en cuenta algunas recomendaciones que le serán de utilidad:

  • Mire distintos modelos. Asegúrese de ajustar el precio a las prestaciones del vehículo que usted necesita, para no gastar más de lo necesario. Compruebe también si la compañía cuenta con alguna oferta.
  • Compare entre varias opciones. Consulte antes de decidirse entre distintas compañías de renting de vehículos, ya que algunas pueden ofrecer mejores condiciones que otras. Tenga en cuenta que puede consultar vehículos en renting en concesionarios de coches, pero también directamente en entidades bancarias y otro tipo de entidades.
  • Tenga en cuenta el uso que vaya a hacer. Los contratos de renting limitan el kilometraje anual de los vehículos. Por eso, antes de firmar tenga en cuenta el número de kilómetros que usted puede realizar en un año, para asegurarse de que no los vaya a sobrepasar.
  • Pregunte si incluye la opción de compra, lo que le permitirá saber si podrá adquirir el coche una vez que finalice el renting. Pregunte también por el precio que le supondría acogerse a dicha opción.

Reclamaciones

Si se produjera alguna vulneración de sus derechos como consumidor, tales como publicidad engañosa, falta de información precontractual o incumplimiento de alguna de las cláusulas establecidas en el contrato, podrá reclamar ante su Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) más cercana, ante la Oficina de Atención al Consumidor de la Comunidad de Madrid o a través de internet.

En el caso de que se produzca alguna vulneración de las condiciones pactadas en el renting, recuerde que se trata de un contrato privado, por lo que deberá acudir a los tribunales de justicia.

Para más información, consulte el siguiente reportaje.

 

Fecha de publicación: 28 de mayo de 2024