lavandería autoservicio

Lavanderías sin dependiente. Conozca sus derechos como cliente

AddToAny

Las lavanderías de autoservicio son un tipo de negocio que está proliferando en los últimos años. La comodidad de un servicio rápido y la flexibilidad horaria suponen una solución a la que están acudiendo cada vez más consumidores. Le explicamos en este reportaje en qué consisten estas lavanderías y cuáles son nuestros derechos al hacer uso de ellas.

Una de las primeras cosas que las personas consumidoras deben hacer al acudir a un establecimiento de lavandería autoservicio es asegurarse de comprender el correcto funcionamiento del sistema, ya que estamos haciendo uso de un servicio completamente autogestionado por el usuario.

 

Para ello, es conveniente leer previamente las instrucciones de uso y las condiciones de seguridad y funcionamiento que deben estar claramente visibles en el establecimiento. Por norma general, se trata de abrir la lavadora, introducir la carga, poner el programa de lavado que se corresponda con cada caso y abonar la cuantía correspondiente.

 

Regulación

 

La regulación de este tipo de servicios es aún muy imprecisa, ya que sólo aplica el Real Decreto 1453/1987, por el que se aprueba el reglamento regulador de los servicios de limpieza, conservación y teñido de productos textiles, cueros, pieles y sintéticos.

 

La única referencia específica del reglamento establece que, en los autoservicios de lavandería, la responsabilidad quedará limitada al buen funcionamiento de la maquinaria y a la calidad de los productos de limpieza proporcionados por el establecimiento.

 

Por lo tanto, dado que se trata de un servicio autogestionado por el consumidor, únicamente podrá interponer algún tipo de reclamación legal frente a la empresa responsable en el caso de que las prendas lavadas sufran algún tipo de desperfecto provocado por el mal estado de la lavadora o por la mala calidad de los productos de limpieza empleados.

 

Con carácter general, algunas consideraciones del reglamento de lavanderías pueden también ser de aplicación para los servicios de autolavado.

 

Es el caso de la información previa, ya que el Real Decreto establece que todas las empresas estarán obligadas a exhibir al público, de forma perfectamente visible, los precios máximos de los diferentes servicios tipo y de los demás servicios complementarios que ofrezcan los establecimientos. También se indicará el precio por kilogramo de los establecimientos que practiquen la limpieza denominada “a peso”.

 

Estos precios deberán incluir todo tipo de cargas o gravámenes, salvo el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), cuya inclusión será facultativa, pero que en el caso de que no fuera computado tendrá que ser anunciado con indicación de concepto y tipo a aplicar.

 

Recomendaciones

 

Es importante que nos aseguremos de que el autoservicio de lavado nos ofrece algún tipo de resguardo o justificante del trabajo realizado, a efectos de que podamos demostrar su uso en caso de que surja algún tipo de problema con el lavado.

 

El reglamento establece también una carta de recomendaciones al usuario de servicios de limpieza, conservación y teñido de productos textiles, cueros, pieles y sintéticos.

 

Así, se recomienda revisar antes del lavado el estado de la prenda, así como las faltas o desperfectos en los botones, corchetes y otros elementos que pudiera tener. También es importante revisar la ausencia de objetos o papeles en los bolsillos, así como verificar que el precio se corresponde con el servicio que se va a llevar a cabo.

 

Si el usuario desea obtener información o efectuar alguna reclamación de consumo, puede presentarla ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor más próxima a su domicilio, en la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios o a través de internet.

 

Para más información sobre los servicios de lavandería y tintorería, puede consultar en este reportaje.

 

Fecha de actualización: 26 de febrero de 2024