Una vez finalizado el permiso por parto, las gerencias del Servicio Madrileño de Salud concederán a las madres biológicas 10 días adicionales al permiso de 16 semanas que contempla la Ley General de la Seguridad Social, con cargo a su centro de destino, que deberá disfrutarse sin solución de continuidad, por lo que sumando estos 10 días hace un total de 122 días de permiso.
Permiso retribuido de 10 días posterior al parto
Duración
Efectos
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Este permiso de 10 días tiene la consideración de permiso retribuido, y en consecuencia debe abonarse en nómina en concepto de retribución ordinaria. Por tanto, la trabajadora percibirá durante estos días, las retribuciones correspondientes a su puesto de trabajo más aquellos conceptos retributivos que corresponden a prestación de servicios que se realicen durante la jornada ordinaria y que hubieran percibido en el mes que sirvió para calcular la base reguladora de la prestación económica por maternidad que abona directamente el INSS.
Durante este permiso, la trabajadora tendrá derecho al percibo del conjunto de las retribuciones de su puesto, entre las que se deben incluir aquellos conceptos retributivos respondientes a la prestación de servicios que se realicen durante la jornada ordinaria. A estos efectos, deberá tenerse en cuenta un promedio de lo percibido por la interesada en los seis meses anteriores al inicio del permiso, en concepto de Atención continuada A (noches); Atención Continuada B (Festivos); complemento de Atención Continuada por continuidad asistencial; complemento específico por turnicidad en su caso y complemento de Atención Continuada por la realización de guardias reguladas como tal.