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Prevención de Riesgos Laborales

El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de Atención Primaria es el conjunto de medios humanos y materiales necesario para realizar las actividades preventivas.

  • Su función es garantizar una adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores, a sus representantes y a los órganos de representación especializados (Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales).

    El SPRL-AP se constituye como un Servicio de Prevención propio mediante Resolución de 26 de enero de 2017, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud. Se inicia su actividad tras resolución de 8 de mayo de 2018. Asume las cuatro especialidades que define el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (Medicina del Trabajo; Seguridad en el Trabajo; Higiene Industrial; Ergonomía y Psicosociología aplicada), junto con Enfermería del Trabajo.

    El objetivo primordial es conseguir la integración de la Prevención de Riesgos Laborales en toda la Gerencia Asistencial de Atención Primaria con criterios de calidad: mediante la incorporación de mejoras constantes en nuestra actividad, garantizar la protección de la seguridad y la salud de todos los profesionales de Atención Primaria con eficiencia y responsabilidad.

    Se estructura mediante una Unidad Central, ubicada en el edificio de la Gerencia Asistencial de Atención Primaria, y siete Unidades Periféricas, ubicadas en cada una de las Direcciones Asistenciales.

    En la Unidad  Central se encuentran el jefe de Servicio, un jefe de Sección para el Area Técnica y Gestión Documental, un coordinador médico del Área de Salud Laboral, y apoyos administrativos. Esta Unidad también cuenta con un profesional responsable de la coordinación con empresas externas en materia de Prevención de Riesgos Laborales, así como de un coordinador del Equipo de Mediación de la Gerencia.

    Las Unidades Periféricas del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de Atención Primaria, organizadas en turno de mañana y de tarde, están constituidas por:

    • Equipo sanitario, médico y enfermera de trabajo, responsable de la Vigilancia, Prevención y Promoción de la Salud de los profesionales de la Gerencia Asistencial de Atención Primaria.
    • Equipo Técnico compuesto por dos técnicos superiores en Prevención de Riesgos Laborales.
    • Profesionales administrativos.