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Medidas económicas en materia de recursos humanos contempladas en el Plan Integral de Mejora de la Atención Primaria 2022-2023

Este Plan aborda tanto la adecuación de la plantilla de aquí al año 2023, como incentivos en las retribuciones de los profesionales en función de la carga asistencial y el condicionante de la ruralidad.

  • Desde el mes de marzo de 2022, se implementa en nómina el abono de los nuevos complementos recogidos en el ACUERDO de 2 de febrero de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la implantación de medidas en materia de recursos humanos contempladas en el Plan Integral de Mejora de la Atención Primaria 2022-2023.

    A partir del ACUERDO de 3 de mayo de 2023 del Consejo de Gobierno se crean nuevos conceptos retributivos para las categorías de médicos de familia y pediatras de Atención Primaria.

    Asimismo, las categorías de odontólogo, técnico superior en higiene bucodental, matrona, fisioterapeuta y trabajador social de atención primaria, así como los técnicos medios de cuidados auxiliares de enfermería vinculados a unidades de atención específica de atención primaria, se incluyen en la percepción del complemento de productividad fija por tarjeta sanitaria atendida. TSA y complemento de productividad fija por ruralidad.

     

    Complementos

    El Plan incluye nuevos complementos de productividad fija que se van a ir incluyendo en la nómina, cuando corresponda, con la periodicidad ajustada al concepto que cada uno recoge:

     

    1. Complemento de productividad fija por Tarjeta Sanitaria Individual (TSI).

    Se establecen 8 tramos etarios: menores de 2 años, de 2 a 3, de 4 a 6, de 7 a 13, de 14 a 49, de 50 a 64 años, de 65 a 79 y mayores de 80 años.

    Se percibirá un complemento de productividad fija por Tarjeta Sanitaria Individual en función del grupo de dispersión geográfica y población asignada en cada uno de los tramos etarios.

     

    2. Complemento de productividad fija por Tarjeta Sanitaria Atendida (TSA).

    La condición para recibir el complemento es superar el 85% de porcentaje de población atendida en el centro durante el año anterior. (Reevaluación anual de cada Centro)

     

    3. Complemento de productividad fija por Atención Domiciliaria de enfermería.

    Los profesionales de enfermería de Atención Primaria podrán percibir productividad fija por atención en el domicilio con carácter anual y por una sola vez. Para su determinación se tendrá en cuenta la población atendida en domicilio por cada centro de salud dentro del año multiplicada por 4,0769. El importe obtenido de esta forma se distribuirá entre los enfermeros del centro de salud. A partir de 2024 este complemento se abonará con caracter trimestral.

    Este complemento es compatible con la percepción de los complementos definidos en apartados anteriores, siempre que se cumplan las dos condiciones siguientes: que presten servicio en centros que superen el corte del 85% definido en párrafos anteriores y que realicen atención en el domicilio.

     

    4. Complemento de productividad fija por ruralidad.

    Se establece un complemento de productividad fijo anual para los profesionales, en función de la categoría profesional a la que pertenezcan, si trabajan en un Centro de Salud Rural.

    Tendrán la consideración de Centro de Salud Rural los centros que cumplan alguna de las condiciones establecidas en el art. 4b del Acuerdo de 2 de febrero de 2022

    Cumplen los criterios 33 Centros de salud. 

     

    5. Complemento de población atendida por categoría deficitaria.

    Los médicos de familia y pediatras de atención primaria, así como a los médicos de los nuevos dispositivos continuidad asistencial, percibirán este complemento por importe de 450 euros mensuales, siempre que desarrollen actividad asistencial con carácter permanente.

    Este nuevo complemento considera todos los condicionantes asistenciales derivados de la sobrecarga generada por la población atendida y la utilización del servicio y además incluye la posible sobrecarga debida a la existencia de ausencias sin cubrir.

     

    6. Complemento de cobertura de turno de tarde fijo.

    Nuevo complemento de productividad fija de turno de tarde fijo por puesto de difícil cobertura para las categorías deficitarias de médico de familia y pediatra de atención primaria.

    Este complemento está destinado a incentivar y atraer a los profesionales a dicho turno con carácter fijo.

    Su percepción tiene carácter mensual por importe de 500 euros y es compatible con el abono del complemento de productividad fija por población atendida por categoría deficitaria.

     

    7. Complemento de rotación en turno de tarde.

    Nuevo complemento de productividad fija mensual por rotación para incentivar los puestos de difícil cobertura en turno de tarde para las categorías deficitarias de médico de familia y pediatra de atención primaria.  siempre que roten al menos 3 tardes a la semana.

    Este complemento por importe de 300 euros mensuales es compatible con la percepción del complemento de productividad fija por población atendida por categoría deficitaria.

     

    8. Módulos de absorción de la demanda.

    A partir de la implantación del nuevo modelo de gestión de agendas se regula la sobrecarga asistencial y se limita el número de pacientes a ver por cada facultativo, estableciéndose una agenda nominal con un máximo de 34 pacientes en el caso de médicos de familia y 24 en el caso de pediatras.

    El exceso de pacientes se derivará a las agendas de absorción de la demanda, que serán atendidas por aquellos profesionales voluntarios que quieran hacer actividad complementaria incentivada en turno contrario.

    La realización de esta actividad se retribuye mediante módulos de productividad variable de entre 1 y 4 horas por un valor de 50 euros la hora.

    Los módulos de productividad variable ligados al programa de absorción de la demanda sustituyen a los "módulos de productividad variable por ausencias".

     

    9. Complemento de productividad en centros con dificultades de cobertura específicas.

    La Gerencia Asistencial de Atención Primaria retribuye con 500 euros al mes la cobertura de plazas de Medicina de Familia y Pediatría en centros de salud con dificultades de cobertura específicas.