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Centro
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91 720 82 08/09

Normativa aplicable

* Decreto 22/2024, de 10 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (BOCM nº 91, de 17 de abril).

* Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (BOCM nº 291, de 7 diciembre)

* Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 159, de 6 de julio)

* Decreto 38/2023,de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías (BOCM Nº150, de 26 de junio)

 

Competencias

Corresponden a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas, además de las previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, todas las competencias que la normativa vigente atribuya a la Comunidad de Madrid en materia de fomento y desarrollo de la cultura referidas a las actividades industriales, y diversas disciplinas y manifestaciones artísticas que conforman las actividades teatrales, coreográficas, musicales, circenses, audiovisuales y cinematográficas, la moda y el diseño como disciplinas creativas, los museos y la programación y la gestión de las exposiciones en el campo de las artes visuales, así como el apoyo a la creación actual y a los artistas jóvenes y, en particular, las siguientes:

a) La promoción, la gestión, el seguimiento y la coordinación de las actividades de la cultura y las artes escénicas, musicales y cinematográficas.

b) El impulso de programas de promoción de las industrias culturales, de la nueva creación artística, la creación y consolidación de nuevos públicos, así como la cooperación con los municipios y entidades locales en relación con las artes escénicas y musicales a través de la red de teatros.

c) La coordinación de la gestión y programación, dentro del ámbito de las artes escénicas, musicales y cinematográficas, de los espacios escénicos y centros culturales adscritos a la Consejería.

d) La organización de los festivales, ciclos y eventos de la Comunidad de Madrid en el campo de las distintas artes escénicas, musicales y cinematográficas.

e) El ejercicio de las funciones descritas en los párrafos a, b), c) y d) relativas a entidades culturales y a entidades locales que desarrollen actividades relacionadas con las artes escénicas, musicales y cinematográficas.

f) Las competencias previstas en la Ley 9/1999, de 9 de abril, de Museos de la Comunidad de Madrid, atribuidas a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte en la materia, siempre que no estén asignadas a otros órganos directivos.

g) El asesoramiento técnico y la cooperación con los demás museos y colecciones de titularidad de la Comunidad de Madrid.

h) La propuesta de convenios y otras medidas de actuación coordinada relativas a los museos que puedan suscribirse con otras administraciones públicas o con otros entes de la Comunidad de Madrid.

i) La programación y gestión de las salas y exposiciones de la Consejería, en el campo de las artes visuales, incluidas las de la Red de Exposiciones Itinerantes de la Comunidad de Madrid (Red Itiner), así como la colaboración con entidades públicas o privadas en la organización de exposiciones.

j) El fomento y promoción de las artes visuales, en especial, la pintura, la escultura, la fotografía, el videoarte, el arte gráfico, las instalaciones y la performance.

k) La promoción, seguimiento y difusión de la moda y el diseño como disciplinas creativas, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Consejería competente en materia de actividad industrial.

l) El apoyo y desarrollo de las industrias audiovisual y del videojuego, musical, escénicas y de las bellas artes, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.