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Normativa aplicable

* Decreto 22/2024, de 10 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (BOCM nº 91, de 17 de abril).

* Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (BOCM nº 291, de 7 diciembre)

* Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 159, de 6 de julio)

* Decreto 38/2023,de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías (BOCM Nº150, de 26 de junio

Competencias

Corresponde a la Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte ejercer las competencias previstas en el artículo 44 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, respecto de los centros directivos adscritos a la misma y, en particular, las siguientes:
a) En materia de cultura: el impulso, coordinación, apoyo y supervisión de las actividades en materia de ordenación, promoción, planificación e información de las arTes escénicas, de las bellas artes, de música, audiovisual y videojuego, del libro, de los archivos, de la gestión de documentos y del patrimonio documental, del patrimonio histórico y de la moda; así como el apoyo y desarrollo de las industrias creativas y culturales. Específicamente, en relación con las industrias audiovisuales y del videojuego la Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte se coordinará con la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
b) En materia de infraestructuras culturales:
1.º El estudio, asesoramiento y gestión de proyectos relativos a las infraestructuras culturales adscritas a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, así como la formulación de propuestas sobre mantenimiento y conservación de las mismas.
2.º La aprobación técnica de los proyectos y el seguimiento y control de la ejecución de obras, en los supuestos de subvenciones cuya gestión se atribuya a la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
3.º La prestación de asesoramiento y apoyo técnico en materia de infraestructuras, actividades e instalaciones culturales, incluida la programación de inversiones o subvenciones en materia de infraestructuras culturales.
c) En materia de turismo y hostelería: el impulso, la coordinación, el apoyo y la supervisión de las actividades en materia de ordenación, promoción, planificación e información del turismo y la hostelería.
d) En materia de deportes:
1.º La coordinación, impulso y supervisión de los programas y actuaciones en materia de políticas deportivas.
2.º La supervisión y coordinación de las competencias de la Consejería respecto del funcionamiento de las federaciones deportivas.
3.º El asesoramiento al titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en su calidad de Presidente del Consejo del Deporte de la Comunidad de Madrid, en el impulso y organización de este órgano, así como realizar el seguimiento de las propuestas efectuadas por el mismo.