Resolución número 147/2024
Recurso contra adjudicación de contrato por incumplimiento de prescripciones técnicas del adjudicatario. Desestimación. Se acredita su cumplimiento en diversos apartados de la memoria técnica.
Recurso contra adjudicación de contrato por incumplimiento de prescripciones técnicas del adjudicatario. Desestimación. Se acredita su cumplimiento en diversos apartados de la memoria técnica.
La recurrente considera que no se tenía que haber aceptado la oferta de la adjudicataria por estar incursa en presunción de temeridad y haberse justificado mediante ayudas e incentivos fiscales. A juicio de este Tribunal los incentivos fiscales no pueden servir para justificar la viabilidad de la oferta pues afectan a los resultados de la empresa y dependen de la actividad global de la misma y no a ahorros concretos que correspondan a la ejecución del presente contrato.
Desestimación de recurso contra imposición penalidad por retirada de oferta. Pese a ser acto separado del acto por el que se entiende retirada la oferta, deriva de la retirada, por lo que es acto de trámite cualificado que causa perjuicio irreparable. Ante el incumplimiento total del requerimiento de documentación, procede imposición automática del 3% de acuerdo con 150.2 LCSP
Recurso contra exclusión de licitador por incumplimiento de los medios personales adscritos al contrato de las exigencias de los pliegos. Desestimación. Incumplimiento de la titulación exigida y falta de acreditación de la experiencia conforme a lo dispuesto en pliegos. Aplicación artículo 139.1 LCSP. Doctrina pliegos ley del contrato.
Inadmisión por extemporaneidad. Aunque se dirige contra la adjudicación impugna la exclusión por baja temeraria, que se notificó en forma con pie de de recurso y es irrecurrible por el tiempo transcurrido.
Modificación de oferta:. Existiendo cierta oscuridad en el PCPA sobre si formular la oferta por una anualidad o por el total del contrato/presupuesto base de licitación, ambos licitadores lo efectúan de forma anual. No obstante informan al órgano de contratación previamente a la apertura de ofertas de que su propuesta esta formulada anualmente. La mesa de contratación excluye las ofertas por inadmisibles no procediendo a aceptar la información previa de los licitadores.
A los efectos de acreditar la solvencia técnica el PCAP no determina qué se entiende por servicios de igual o similar naturaleza, por lo que hay que estar a lo previsto en el artículo 90.1.a) segundo párrafo de la LCSP que indica que en defecto de previsión en el pliego se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Además, cuando el órgano de contratación solicite al licitador propuesto como adjudicatario la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos (artículo150.2 LCSP) y la presentada se considerase insuficiente, hay que concede
Estimación. No es de aplicación el artículo 84 del RLCAP. La Mesa sabe cuál es la oferta por los Pliegos, que determinan que la oferta es sin gastos generales ni beneficio industrial.
Competencia del Tribunal para conocer recurso de PANAP que actúa en sectores especiales, pero que por cuantía, no se le aplica el RDLCSE. Estimación de recurso contra pliegos de servicio de ingeniería, a los que se reconoce carácter intelectual, no respetando 51% criterios calidad (artículo 145.4 LCSP)
Estimación parcial. Tres motivos: no cómputo antigüedad, no cálculo absentismo, insuficiente coste seguridad social. El primer motivo lo admite el órgano de contratación. El cálculo de absentismo es desproporcionado y no justificado. Cabe en otros conceptos presupuestarios. El coste de desplazamiento no está excluido. El coste de seguridad social es correcto.