Ayudas a la Rehabilitación Edificatoria 2017
Convocatoria finalizada
Listados de ayudas
Origen, finalidad, cuantía y coste subvencionable
Estas subvenciones a la rehabilitación edificatoria se han convocado en el marco de lo dispuesto por el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regulaba el “Plan estatal de fomento del alquiler de vivienda, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016”, prorrogado durante el ejercicio 2017 mediante Real Decreto 637/2016, de 9 de diciembre.
Mediante Orden de 18 de mayo de 2016 de la Consejería de Transportes, Vivienda e infraestructuras se aprobaron las Bases Reguladoras para la concesión de las ayudas a la rehabilitación edificatoria previstas en el Real Decreto 233/2013.
Con esta convocatoria de subvenciones se financiarán obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, así como en los elementos y espacios privativos comunes de los edificios de tipología residencial colectiva anteriores a 1981, previstas en el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, que cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
Las subvenciones que se concedan se financiarán con fondos de la Administración General del Estado y corresponderá su gestión a la Comunidad de Madrid. El importe del presupuesto destinado a financiar esta convocatoria asciende a una cuantía estimada de 14.125.000,00 euros.
La cuantía máxima de la subvención a conceder por edificio no podrá superar el importe de multiplicar 11.000 euros por cada vivienda y por cada 100 m2 de superficie útil de local. Además, habrá que contemplar las cuantías económicas específicas destinadas para cada tipo de actuación.
La subvención a conceder por edificio no podrá superar el 35 por ciento del coste subvencionable de la actuación. No obstante, y de manera excepcional en el caso de actuaciones para la mejora de la accesibilidad, y sólo en la partida correspondiente a la accesibilidad, se podrá llegar al 50 por ciento de ayuda.
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