Vehículos particulares
Usos de vehículos particulares, tipos, régimen de compra y alquiler, seguros y normativa aplicable.
Tipos de vehículos
Los vehículos particulares son vehículos de motor que sirven, normalmente, para el transporte de personas o de cosas, o de ambas a la vez, o para la tracción de otros vehículos con aquel fin. Entre los tipos de vehículos particulares, podemos encontrar:
- Turismo: Vehículo destinado al transporte de personas que tenga, por lo menos, cuatro ruedas y que tenga, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo.
- Bicicleta: Vehículo de dos ruedas propulsado exclusiva o principalmente por la energía muscular de la persona o personas que están sobre el vehículo, en particular por medio de pedales.
- Ciclomotor: Vehículo de dos, tres o cuatro ruedas, con una velocidad máxima no superior a 45 km/h y con un motor de cilindrada inferior o igual a 50 cm³, así como inferior o igual a 4 kW si es de motor eléctrico.
- Motocicleta: Vehículo de dos ruedas provisto de un motor de cilindrada superior a 50 cm³ y con una velocidad máxima superior a 45 km/h.
- Camión: VehÍculo con cuatro ruedas o más, concebido y construido para el transporte de mercancías, cuya cabina no está integrada en el resto de la carrocería y con un máximo de nueve plazas, incluido el conductor.
- Vehículo de Movilidad Personal (VMP): Vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos, que pueden alcanzar una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h. Por ejemplo, los patinetes eléctricos.
Compra y alquiler
Los vehículos particulares se pueden adquirir por la vía de la compra o del alquiler.
Elegir entre adquirir un vehículo o alquilarlo depende de varios factores, entre ellos, las necesidades que tengamos de desplazamiento, si es para uso personal o laboral, el precio de adquisición del vehículo nuevo, incluso factores ambientales como el nivel de contaminación, han pasado a formar parte del arbol de decisiones de los consumidores.
En el momento de la compra, es importante que toda la información así como las condiciones queden reflejadas en un contrato, en el que aparezcan los derechos y obligaciones de ambas partes, el precio con el IVA incluido, la cantidad entregada a cuenta por el comprador….
Exija siempre una factura o justificante por cada uno de los pagos que realice. En ellos, entre otros datos, deberá fijarse que consta el precio total desglosado por conceptos, la fecha, lugar y la denominación y dirección del establecimiento.
En el caso de los vehículos de segunda mano existen dos opciones de compra:
- En establecimientos dedicados a la compraventa de vehículos usados, en los servicios de ocasión de los concesionarios o en cualquier otro establecimiento dedicado a su venta. En esos casos, está protegido por la legislación de consumo, por lo que si surge cualquier problema con la venta o con la garantía del vehículo, podrá solicitar una hoja de reclamaciones y tramitarla por los organismos de consumo.
- A un particular. En este caso, es el código civil el que ampara dicha compra, por lo que si tiene algún problema no podrá acudir a los organismos de consumo, sino que deberá acudir a los tribunales.
Por último, la compraventa de un vehículo de segunda mano exige la realización de los siguientes trámites: el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y el cambio de la titularidad del vehículo. Consulte con la Dirección General de Tráfico el coste y los documentos que son necesarios para cambiar de titularidad el vehículo.
Recuerde que si compra un vehículo a través de concesionario o empresa, tendrá una garantía de tres años para los coches nuevos y de al menos un año para los coches de segunda mano.
Si la compra se ha realizado entre particulares y usted observa desperfectos, que no se pudieron apreciar en el momento de la compra, tiene seis meses para exigir al vendedor la subsanación de desperfectos.
En el alquiler de vehículos, los precios los marca la compañía de alquiler y deben estar expuestos a la vista del público mediante carteles perfectamente visibles y legibles. Debe tener en cuenta también, que los precios pueden contener otros conceptos como el alquiler por día o kilómetros, los seguros que se contratan aparte, los accesorios no obligatorios que sean solicitados o la entrega en un lugar distinto al acordado.
En cualquier caso, siempre que alquile un coche es conveniente que se asegure de que el vehículo está en perfectas condiciones, libre de desperfectos tanto en el exterior como en el interior. Lea, además, detenidamente el contrato y llévelo siempre en el vehículo, de esta manera evitará sorpresas en el momento de la facturación.
Asegúrese de que dispone de todos los elementos obligatorios según la normativa de seguridad vial, como chalecos reflectantes, rueda de repuesto o triángulos.
Distintivo ambiental
El distintivo ambiental es una manera de clasificar los vehículos en función de su eficiencia energética, teniendo en cuenta el impacto medioambiental de los mismos. Tener este distintivo puede serle de utilidad, en caso de que se apliquen políticas municipales o regionales de restricción del tráfico en episodios de alta contaminación, así como para acogerse a políticas de promoción de nuevas tecnologías con beneficios fiscales o relativos a la movilidad o al medio ambiente.
La colocación del distintivo es voluntaria, debe colocarse siempre en el ángulo inferior del parabrisas delantero o en algún sitio visible del vehículo para el caso de las motocicletas.
El distintivo lo emite la Dirección General de Tráfico (DGT), por lo que es válido para circular por cualquier lugar de España. Hay países de la Unión Europea que tienen su propio sistema de catalogación ambiental para vehículos, como Alemania, Austria, Dinamarca o Francia. Si usted va a viajar a alguno de estos países, infórmese antes, para comprobar si su distintivo es válido o si debe adquirir un distintivo propio del país de destino.
Si usted circula por distintos municipios dentro de España, deberá tener en cuenta lo establecido en sus ordenanzas sobre zonas de baja emisión.
Patinetes eléctricos
Los patinetes eléctricos son vehículos de movilidad personal (VMP) que pueden circular entre los 6 y los 25 kilómetros por hora.
No tienen que estar matriculados ni se necesita carné para conducirlos, pero deben cumplir ciertas normas, como no circular por aceras, si no por la calzada o vías ciclistas, llevar luces delanteras y traseras si se va a circular de noche.
Desde el 22 de enero de 2024 es obligatorio tener un certificado cuya función es garantizar que el modelo de patinete cumple con los requisitos para poder acogerse a esta categoría de vehículo.
En Madrid, actualmente, no es obligatorio llevar casco, aunque es recomendable.
La Dirección General de Tráfico entre las normas de circulación para patinetes, establece la prohibición de ir con auriculares, no se puede usar el móvil mientras se esté en circulación, solo puede ir una persona en el patinete y hay obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia, en caso de que se solicite.
En Madrid, actualmente, si el patinete es para uso personal, no es necesario tener un seguro, aunque en algunos casos los seguros del hogar incluyen algunas coberturas para este tipo de vehículos .
Neumáticos
Si necesita comprar neumáticos para su vehículo, recuerde que le amparan los mismos derechos que en cualquier otra compra. Así, tendrá una garantía de tres años, que podrá hacer valer en el caso de que el neumático sea defectuoso de origen, y de un mínimo de un año si se trata de un neumático de segunda mano. Si tiene un problema con los neumáticos en los dos primeros años, se entenderá que el defecto es de origen.
Los fabricantes están obligados a mantener la existencia de piezas de reparación y de un servicio técnico adecuado durante 10 años a partir de la fecha en la que el producto deje de fabricarse.
Recuerde que la manipulación del neumático por parte de terceros puede invalidar la garantía.
Los neumáticos deberán llevar obligatoriamente un etiquetado energético, que viene regulado por el Reglamento 2020/740, del Parlamento y del Consejo de 25 de mayo, relativo al etiquetado de neumáticos.
La totalidad de la etiqueta deberá estar visible junto al neumático en el punto de venta, o en un adhesivo identificativo si el neumático no está a la vista. El tamaño mínimo de la etiqueta del neumático es de 75 mm de ancho y 110 mm de alto.
La etiqueta informa sobre aspectos como la dimensión del neumático, el índice de capacidad de carga. la categoría de velocidad, la clase de neumático (donde C1 es de turismos, C2 de camionetas y C3 de camiones), el consumo de carburante (en una escala de la “A” a la “E”) la adherencia del neumático en superficie mojada, el ruido de rodadura exterior del neumático o la adherencia en nieve o en hielo.
Recuerde que....
Si usted va a realizar una compra online, ya sea de neumáticos o de cualquier otro accesorio para su vehículo, la entrega debe realizarse en un plazo máximo de 30 días.
Podrá desistir de la compra en los 14 días naturales a la recepción del producto.
Asegúrese de ver el precio final del producto con el IVA incluido, la forma de pago y la fecha y modalidades de entrega.
Tras la compra, el vendedor le debe confirmar la operación con un correo electrónico.
Seguro
Todos los vehículos matriculados en la Unión Europea deben tener un seguro que cubra, como mínimo, la responsabilidad civil, que sirve para asumir los daños que se produzcan a terceros.
A la hora de contratar un seguro, es importante que lea detenidamente las condiciones de la póliza para confirmar qué aspectos cubre el seguro. Las cláusulas particulares de la póliza le ofrecerán detalles sobre su cobertura, entre otros, si cubre los daños en las lunas o los espejos, si le cubre accidentes en el extranjero, o si hay limitación en el número de partes de incidencia que puede dar.
Antes de la firma de cualquier póliza de seguro, ha de tener en cuenta que le deben entregar un documento informativo previo, en el que se incluya toda la información importante relativa a la póliza que va a firmar.
Cuando compre un vehículo de segunda mano, confirme que tiene un seguro contratado y que puede cambiar el titular del mismo. En el caso de que no sea así, recuerde que tendrá que firmar un nuevo seguro que le permita circular con él.
Existen distintos tipos de seguro de vehículo que usted podrá contratar:
ITV
La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es una revisión especializada de los vehículos particulares que sirve para asegurar que los vehículos en circulación cumplen una serie de condiciones técnicas mínimas que garanticen la seguridad de las personas, reduzcan al máximo el riesgo de accidentes por causas técnicas y protejan el medio ambiente a través de la reducción de los gases de escape.
Existen dos tipos de inspecciones:
Son inspecciones a las que deben someterse todo tipo de vehículos con una periodicidad establecida por Real Decreto que varía en función de su clase, antigüedad y el uso al que se destinan.
Son inspecciones que únicamente deben ser realizadas cuando se dan ciertas circunstancias, como es el caso de prematriculaciones, legalización de reformas hechas en vehículos, inspecciones para la emisión de duplicados de tarjetas de ITV, etc.
La Comunidad de Madrid cuenta con una amplia red de centros de inspección que son gestionados por varias empresas en régimen de autorización administrativa.
Además de las instalaciones fijas, se dispone de estaciones móviles para la revisión de vehículos agrícolas, tanto motorizados como arrastrados y maquinaria específica, que pretenden evitar en lo posible los desplazamientos por las vías públicas de este tipo de vehículos, normalmente lentos.
Descubra en el mapa interactivo donde pasar la ITV en la Comunidad de Madrid.
Fecha de actualización: 1 de septiembre de 2024