llamadas comerciales

Desde el pasado 29 de junio no podrá recibir llamadas sin su consentimiento

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Sepa que desde el pasado 29 de junio tiene derecho a no recibir llamadas comerciales si previamente no ha dado usted su consentimiento. Las conocidas como llamadas spam, en las que las compañías tratan de captar por vía telefónica la contratación de servicios, dejarán de ser una práctica habitual, en virtud de lo aprobado por la nueva Ley de Telecomunicaciones, el 29 de junio de 2022, y que daba un plazo de un año para su aplicación.

Las comunicaciones no deseadas o “spam telefónico es un tipo de marketing en el que las empresas detectan a clientes potenciales y los contactan para ofrecerles sus productos o servicios. Los sectores que más utilizan este tipo de publicidad son las empresas de telefonía, las entidades financieras o las empresas de seguros.

 

En este sentido, la nueva ley establece en su artículo 66 que los consumidores “tendrán derecho a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial”. No obstante, la ley marca que estas llamadas sí podrán realizarse cuando exista “un consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales”.

 

Otra de las excepciones en las que estas llamadas se podrán realizar son las que contempla la ley cuando “la comunicación pueda ampararse en otra base de legitimación de las previstas en el artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679 de tratamiento de datos personales”.

 

Esta excepción se refiere a circunstancias concretas, como llamadas necesarias para la ejecución de un contrato, para los intereses del consumidor o para el cumplimiento de una misión de interés público.

 

Fecha de actualización: 26 de junio de 2023