Definiciones y criterios de derivación a consultas:
Esterilidad se define como la dificultad que tiene una pareja para lograr gestación tras un año de intento manteniendo relaciones sexuales con regularidad. El límite establecido en un año de intento se modifica en casos de mujeres con edad avanzada (por encima de los 35 años) o con patología médica que pueda condicionar un peor pronóstico reproductivo (procesos oncológicos previos, cirugías ginecológicas previas…), en cuyo caso habría que valorar antes.
Infertilidad es un término que se refiere a aquellas parejas que logran gestación, pero en las que ésta no llega a término, presentándose pérdidas de gestación recurrentes.
Ambos criterios son suficientes para ser derivados a nuestras consultas para evaluación y asesoramiento reproductivo, así como las indicaciones de preservación de fertilidad.
Pruebas diagnósticas:
El estudio básico de fertilidad consiste en la evaluación de ambos miembros de la pareja en casos de esterilidad, realizando una exploración ginecológica y ecográfica a la mujer, así como una analítica de sangre para determinaciones hormonales y serologías de enfermedades de transmisión sexual, obligatorias antes de realizar cualquier proceso reproductivo; para el varón se solicitará un seminograma, junto a una analítica de sangre para serologías igual que en el caso de la mujer. Con ello se pretende conocer el estado de la reserva ovárica de la mujer y la existencia de una muestra seminal apta o no para un tipo de técnica reproductiva u otra.
Si el pronóstico de la pareja es bueno tras el estudio básico, se realizará un test de permeabilidad tubárica, para comprobar integridad y permeabilidad del aparato genital interno, y en caso afirmativo se optará por inicio de tratamiento reproductivo, si la pareja así lo desea, mediante inseminación artificial.
En casos de esterilidad con edad de la mujer por encima de los 38 años, en casos de esterilidad con diagnóstico de factor masculino severo, de factor tubárico o tras fracaso de inseminaciones artificiales, se valorará la realización de tratamiento reproductivo mediante Fecundación In Vitro.
En casos de mujeres sin pareja, o con pareja de mismo sexo, con deseo de gestación (con o sin esterilidad previa), se realizará a la mujer que vaya a ser la que realice el tratamiento y futura gestante, el mismo estudio básico descrito anteriormente para las mujeres con esterilidad previo al inicio de los tratamientos.