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El nuevo etiquetado energético para tabletas y teléfonos móviles

A partir del 20 de junio de 2025, los teléfonos móviles inteligentes y las tabletas que se comercialicen en los países de la Unión Europea deberán ir acompañados de un etiquetado energético. En el siguiente reportaje del Portal del Consumidor, le explicamos en qué consiste y cuáles son los avances que supone.

Los teléfonos móviles y tabletas son unos de los productos más consumidos del mercado. La proliferación de este tipo de dispositivos y el uso generalizado por parte de las personas consumidoras hace necesario mejorar el control sobre las condiciones en las que son comercializados.

En primer lugar, tenga en cuenta que le amparan como consumidor los mismos derechos que en cualquier otra compra. Por lo tanto, sepa que:

  • Tiene derecho a que le den un tique o factura como justificante de la venta. Consérvelo, ya que le será de mucha utilidad en caso de que tenga que hacer alguna reclamación.
  • Tendrá una garantía de tres años, que podrá hacer valer en el caso de que el dispositivo presente algún tipo de defecto. Si tiene un problema en los dos primeros años de uso del teléfono móvil o tableta, se entenderá que el defecto es de origen, por lo que el vendedor deberá solucionar el problema, ya que está en garantía y, si no estuviera de acuerdo, deberá demostrar que el defecto no era de origen.
  • La manipulación del dispositivo por parte de terceros puede invalidar la garantía.
  • Los fabricantes están obligados a mantener la existencia de piezas de reparación y de un servicio técnico adecuado durante 10 años a partir de la fecha en la que el producto deje de fabricarse.

 

Etiquetado energético

Para mejorar la calidad de las prestaciones que los teléfonos móviles y tabletas deben ofrecer a los usuarios y para incentivar la economía circular, la Unión Europea ha aprobado el nuevo Reglamento de Etiquetado Energético.

Entre otros aspectos, este nuevo etiquetado deberá incluir aspectos del funcionamiento de los dispositivos tales como la duración de la batería, la resistencia a caídas, el grado de reparabilidad o la resistencia a la penetración de partículas y humedad.

Así, a partir del 20 de junio de 2025, los teléfonos móviles inteligentes y tabletas deberán incorporar la siguiente etiqueta energética:

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En la misma, aparecen los siguientes elementos informativos:

I: Código QR: La etiqueta deberá incorporar un código QR que conducirá a una dirección web con toda la información técnica sobre el dispositivo.

II: La marca comercial del teléfono o tableta

III: El identificador del modelo del proveedor

IV: La clase de eficiencia energética del dispositivo. La escala de clases de eficiencia energética que pueden presentar los teléfonos o tabletas, desde la A a la G, donde la A ofrece la mayor eficiencia energética y la G la menor del mercado.

V: El nivel de eficiencia energética que el dispositivo presenta dentro de la clase a la que pertenece.

VI: La autonomía de la batería, medida en horas y minutos, desde su carga completa hasta su apagado. Este índice se mide a través de la resistencia del dispositivo a usos habituales como llamadas, mensajes, usos de datos, reproducción de vídeos o juego.

VII: La resistencia que ofrece el dispositivo ante caídas fortuitas, sobre la base del número de caídas sin deterioro, desde la A a la E, donde la A ofrece la mayor resistencia a caídas y la E la menor del mercado.

VIII: El índice de reparabilidad del dispositivo, medido a través de factores como la profundidad del desmontaje, los tipos de elementos de fijación, el tipo de herramientas que necesita, las piezas de recambio necesarias o la duración de las actualizaciones del software. Se mide en la etiqueta en un índice de la A a la E, donde la A presenta el mayor índice de reparabilidad y la E el menor del mercado.

IX: La autonomía de la batería en ciclos, que mide el número de ciclos de carga y descarga que una batería puede soportar hasta que su capacidad eléctrica utilizable alcanza el 80%.

X: El índice de protección contra la penetración de partículas y humedad.

XI: El reglamento de la UE en vigor que aplica a la etiqueta energética.

 

Información

El vendedor de un teléfono móvil inteligente o una tableta deberá tener expuesta la etiqueta energética en el punto de venta, cerca del producto o colocada de manera claramente visible y asociada inequívocamente al modelo específico.

En la venta online, los comercializadores deben ofrecer también acceso a la etiqueta energética y la ficha de información del producto.

En la venta telefónica se informará específicamente al cliente de la clase de eficiencia del producto y del intervalo de clases de eficiencia energética disponibles en la etiqueta, y se le dará al cliente la posibilidad de acceder a la etiqueta completa y a la ficha de información del producto a través de un sitio web de acceso gratuito o solicitando una copia impresa.

 

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En los anuncios publicitarios de dispositivos en material impreso o audiovisual, se deberá ofrecer un anagrama que muestre la clase de eficiencia energética y el intervalo de clases de eficiencia energética que posee

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