Dirección: 

C/ Alcalá, 16. 4ª planta.

Código Postal: 
28014
Municipio : 
Madrid
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Centro
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91 580 12 13

Normativa aplicable

*  DECRETO 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior. (BOCM nº 213, de 7 de septiembre

* DECRETO 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid   (BOCM nº 159, de 6 de julio)

* DECRETO 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 150, de 26 de junio)

Competencias

a) El asesoramiento y la asistencia jurídica y técnica a la persona titular de la consejería y a los distintos órganos de esta, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
b) La instrumentación de las solicitudes de los informes preceptivos, y la valoración y en su caso traslado de las solicitudes de informes facultativos a la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
c) El estudio, impulso y coordinación de la tramitación de los anteproyectos de ley y proyectos de disposiciones generales en materias propias de la consejería, así como la emisión del informe preceptivo. El estudio, y en su caso, formulación de observaciones a los anteproyectos de ley y proyectos de disposiciones generales elaborados por otras consejerías. El estudio, coordinación y elevación de los asuntos que deban someterse al Consejo de Gobierno o cualquiera de sus comisiones delegadas, a propuesta de la consejería.
d) La propuesta de publicación de disposiciones y actos administrativos de la consejería en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID u otros diarios oficiales y en los portales y medios exigidos en la normativa vigente.
e) La gestión de los procedimientos derivados del protectorado de fundaciones cuyos fines tengan relación con las competencias atribuidas a la consejería.
f) La coordinación de la actividad convencional de la consejería. El depósito de los convenios, acuerdos y protocolos suscritos por la consejería con otras administraciones o con entes públicos o privados, sin perjuicio de las competencias de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
g) La tramitación y la propuesta de resolución de la revisión de los actos en vía administrativa, y de los expedientes de responsabilidad patrimonial cuya resolución corresponda al titular de la consejería, así como la tramitación y propuesta de resolución de los recursos cuya resolución corresponda a personas titulares de las Viceconsejerías.
h) La elevación a la persona titular de la consejería de las propuestas de resolución de los procedimientos citados en la letra anterior que hayan tramitado y elaborado los órganos colegiados y las demás entidades adscritas o dependientes de la consejería, por afectar a materias que inciden en su ámbito competencial.
i) Las relaciones con los órganos jurisdiccionales, coordinando, tanto el traslado de las actuaciones desarrolladas en el ámbito de sus competencias por las direcciones generales y demás centros directivos de la consejería, como la comunicación de las medidas adoptadas por los mismos en orden al cumplimiento de las sentencias y demás decisiones judiciales que les correspondan.