Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio

Dirección: 

Alcalá, 32. 4ª Planta

Código Postal: 
28014
Municipio : 
Madrid
Distrito: 
Centro
Transportes próximos: 
Normativa aplicable

* Decreto 28/2024, de 24 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades. (BOCM nº 98 de 25 de abril de 2024)

Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades. (BOCM nº 244 de 13 de octubre)

* Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 159 de 6 de Julio)

* Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. (B.O.C.M.nº 150 de 26 de Junio)

Competencias

Corresponden a la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, además de las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, y de la dirección y coordinación con carácter general de las actuaciones que en el ámbito de su competencia desarrollen las Direcciones de Área Territoriales, las siguientes competencias:
a) La tramitación del procedimiento de autorización de los centros docentes de titularidad privada que impartan enseñanzas regladas no universitarias, tanto de régimen general como especial, salvo los de Enseñanzas Artísticas Superiores.
b) La tramitación del procedimiento de autorización para el establecimiento de centros docentes que impartan enseñanzas propias de sistemas educativos de otros países, correspondientes a niveles no universitarios del sistema educativo español.
c) La planificación y la formulación de la ordenación jurídica del régimen de los conciertos educativos con centros privados.
d) La tramitación del procedimiento de concesión de los conciertos educativos, así como de suscripción de convenios para el funcionamiento y sostenimiento con fondos públicos de los centros privados.
e) La gestión de la financiación de los centros docentes privados sostenidos con fondos públicos.
f) La gestión de la nómina de pago delegado de los profesores de los centros privados sostenidos con fondos públicos, así como la gestión del profesorado cooperativista y de centros de convenio de módulo íntegro.
g) La tramitación de la autorización y financiación de los programas y medidas educativas en los centros concertados privados sostenidos con fondos públicos.
h) La gestión de las becas y ayudas en el ámbito de la educación no universitaria.
i) La concesión de ayudas dirigidas a la realización de actividades fuera del horario lectivo en centros docentes públicos.
j) Cualesquiera otras funciones que le atribuyan o sean encomendadas.