Dirección: 

C/ Orense, 60

Código Postal: 
28020
Municipio : 
Madrid
Distrito: 
Tetuán
Transportes próximos: 
Teléfono: 

91 5802800

Normativa aplicable

* Decreto 244/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras. (BOCM nº 237, de 5 de octubre)

* Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 159, de 6 de julio)

* Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 150, de 26 de junio)

Competencias

1. Corresponden a la Dirección General de Carreteras, con carácter general, las competencias
previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, en relación con
las infraestructuras viarias.
A los efectos del presente Decreto, se considerarán infraestructuras viarias las autopistas,
autovías, carreteras multicarril, carreteras convencionales, caminos de servicio, áreas
de servicio, vías ciclistas integradas en la red básica de vías ciclistas de la Comunidad de
Madrid y demás elementos funcionales de las carreteras.
2. En particular, le corresponden sobre dichas infraestructuras de titularidad de la
Comunidad de Madrid las siguientes competencias:
a) El impulso y elaboración de proyectos de disposiciones de carácter general, en particular
de normativa técnica, en las materias propias de su ámbito competencial.
b) La planificación de las infraestructuras viarias y la formulación, en su caso, del
avance del Plan Regional de Carreteras y del Catálogo Viario de la Comunidad de
Madrid, así como su concreción en planes anuales de obras.
c) La propuesta de actuaciones o ejecución de obras no contempladas en el plan de
carreteras, así como los estudios de tráfico.
d) La elaboración de la Estrategia de Seguridad Viaria de la Comunidad de Madrid y
la aprobación de planes de seguridad viaria.
e) La emisión de informe en el procedimiento de aprobación, modificación o revisión
de los instrumentos de planeamiento urbanístico y de ordenación territorial
que afecten al funcionamiento de la red viaria de la Comunidad de Madrid, a sus
elementos y a sus zonas de dominio público y protección.
f) La elaboración de instrucciones técnicas y el estudio y desarrollo de nuevas técnicas
de ejecución de obras de infraestructuras viarias.
g) La redacción, seguimiento, supervisión y control de los anteproyectos y proyectos
de trazado y de construcción de carreteras y de otras infraestructuras viarias, accesos,
emplazamiento e instalación de áreas de servicio.
h) La ejecución del programa de construcción de infraestructuras viarias y la dirección,
seguimiento, control de calidad, vigilancia e inspección de las obras y su señalización.
i) La gestión, conservación, explotación y defensa de las zonas de dominio público y
protección de la red de carreteras y demás infraestructuras viarias de la Comunidad
de Madrid.
j) El seguimiento, control de calidad, vigilancia e inspección de los trabajos y obras
de explotación cuando sean prestados mediante gestión indirecta.
k) La gestión de la sostenibilidad y seguridad viaria de la red de carreteras de la Comunidad
de Madrid
l) La protección, policía y vigilancia de la red de infraestructuras viarias incluyendo la
potestad sancionadora, a no ser que dicha potestad haya sido atribuida al Consorcio
Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid. En particular, la autorización
de obras, instalaciones y actuaciones en zonas de dominio público y protección,
así como las relacionadas con el uso y defensa de las infraestructuras viarias.
m) El establecimiento de limitaciones temporales o permanentes a la circulación en
las carreteras con excepción, en todo caso, de todas aquellas cuya competencia corresponda
al titular de la Consejería.
n) La paralización de obras y suspensión de los usos en zonas de dominio público de
protección de las carreteras que carezcan de la preceptiva autorización o que no se
ajusten a las condiciones de la misma, así como su demolición.
ñ) La determinación de daños la exigencia de responsabilidades y la resolución de
expedientes sancionadores por infracciones leves y graves en materia de uso y defensa
de las carreteras y la propuesta de resolución de las tipificadas como muy
graves.
o) La planificación de los expedientes de concesiones de infraestructuras viarias, sin
perjuicio de las competencias atribuidas al Consorcio Regional de Transportes Públicos
Regulares de Madrid, la construcción y el seguimiento de las mismas, así
como la revisión y pago de tarifas en aquellas concesiones que se ejecuten mediante
peaje en la sombra.
p) La formulación de las propuestas necesarias para la preparación y adquisición de
suelo que resulte preciso para la consecución de los fines propios de la consejería,
dentro del ámbito de competencias de la dirección general.
q) La digitalización de la red de carreteras autonómica, incluyendo todos sus elementos
y el inventario geométrico de la red. El mantenimiento, actualización, explotación
y puesta en servicio de esta digitalización.
r) La redacción, ejecución y seguimiento de los mapas estratégicos de ruido y sus
planes de acción.
s) La administración, gestión y conservación de los bienes y derechos afectos al dominio
público viario, así como la elaboración, gestión y mantenimiento de su inventario,
que se incluirá en los sistemas digitalizados de la Dirección General de
Carreteras.
t) La elaboración de estudios e informes de seguridad vial en la red de carreteras de
la Comunidad de Madrid.
u) Cualesquiera otras que resulten necesarias para el ejercicio de las competencias de
la consejería en materia de infraestructuras viarias conferidas por la legislación vigente
o que le sean expresamente delegadas o atribuidas y no hayan sido asignadas
a otros centros directivos de la misma.