Dirección: 

C/ Alcalá 32, 4º planta.

Código Postal: 
28014
Municipio : 
Madrid
Distrito: 
Centro
Transportes próximos: 
Normativa aplicable

* Decreto 28/2024, de 24 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades. (BOCM nº 98 de 25 de abril de 2024)

Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades. (BOCM nº 244 de 13 de octubre)

* Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 159 de 6 de Julio)

* Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. (B.O.C.M.nº 150 de 26 de Junio)

Competencias

Corresponden a la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, además de las competencias previstas en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, y de la dirección y coordinación con carácter general de las actuaciones que en el ámbito de su competencia desarrollen las Direcciones de Área Territoriales, las siguientes competencias:
a) El desarrollo y coordinación de los programas de enseñanza bilingüe en los niveles educativos preuniversitarios en el ámbito de la educación pública, así como la gestión y coordinación de aquellos programas y acciones determinados por la Administración educativa que contribuyan al correcto funcionamiento de los mencionados programas de enseñanza bilingüe, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros centros directivos.
b) El diseño y desarrollo de actividades de formación para el profesorado que presta servicios en centros sostenidos con fondos públicos en los que se han implantado programas de enseñanza bilingüe, así como el establecimiento de acuerdos y convenios de colaboración con las administraciones públicas, universidades y otras instituciones o entidades nacionales e internacionales para garantizar la máxima calidad y adecuación de dichos programas a las necesidades y características de los programas de enseñanza bilingüe de la Comunidad de Madrid.
c) La organización e impulso de programas y acciones que fortalezcan la adquisición de competencias en lenguas extranjeras, en diferentes niveles y modalidades de la enseñanza no universitaria.
d) La coordinación y el desarrollo de concursos, certámenes y otras actividades dirigidos al alumnado que contribuyan a complementar y desarrollar el currículo.
e) La gestión de convocatorias de ayudas económicas y premios a alumnos, centros educativos y docentes y a profesionales para el desarrollo de acciones o programas vinculados al ámbito educativo.
f) El impulso de planes institucionales para el fomento de la lectura entre la población escolar de etapas anteriores a la universidad y la gestión de los responsables de bibliotecas escolares.
g) La gestión, coordinación y, en su caso, diseño de programas de innovación e investigación dirigidos a mejorar la calidad educativa dentro del ámbito competencial atribuido a la Comunidad de Madrid.
h) La coordinación y propuesta de actuaciones relativas al uso de plataformas educativas digitales vinculadas al aprendizaje, su autorización y requisitos de uso y acceso, así como la elaboración de directrices educativas y docentes de utilización de dichas plataformas por parte de los centros educativos.
i) El fomento del uso de recursos educativos digitales, que impulsen la adquisición de las competencias digitales y científico-tecnológicas de los alumnos mediante la inversión, entre otros, en fondos bibliográficos, dotación y provisión de materiales curriculares digitales, así como los servicios de mantenimiento y licencias de uso asociadas a los mismos, sin perjuicio de las directrices de carácter tecnológico y de infraestructura informática atribuidas a otros órganos.
j) La gestión y coordinación de las actuaciones relativas al diagnóstico, formación, seguimiento y acreditación de la competencia digital en el sistema educativo no universitario.
k) La gestión, diseño y desarrollo de las actividades de formación permanente y actualización del profesorado y de los recursos necesarios en coordinación con los centros de formación del profesorado, así como la propuesta del personal asesor docente que deba adscribirse a los centros de formación del profesorado y su formación específica.
l) El reconocimiento, la acreditación y el registro de la formación del profesorado y de los inspectores de educación.
m) La promoción y el establecimiento de convenios de colaboración con las administraciones públicas, universidades y otras instituciones o entidades necesarias para llevar a cabo las acciones pertinentes sobre la formación permanente del profesorado.
n) La colaboración con las instituciones responsables de la formación inicial del profesorado y, en su caso, de los programas de prácticas para la capacitación docente.
ñ) La difusión, promoción y gestión de proyectos internacionales y programas europeos relacionados con la innovación y formación del profesorado que fomenten la internacionalización de los centros educativos a través de su participación activa.
o) La gestión económica de los gastos de funcionamiento de los centros públicos para la formación docente de su competencia y la coordinación y control de la gestión económico administrativa de los mismos, así como la propuesta y colaboración en la programación de las inversiones que hayan de realizarse en éstos, y la provisión de equipamiento de los mismos. Esta función deberá ser ejercida en coordinación con los demás centros directivos que tengan atribuidas competencias en esta materia.
p) El desarrollo, realización y propuesta de ordenación, en su caso, de las pruebas de evaluación del sistema educativo no universitario establecidas por la Administración del Estado o la Comunidad de Madrid, incluyendo las previstas por organizaciones internacionales, o derivadas de normativa general o específica.
q) El análisis y tratamiento de los datos estadísticos en el ámbito de las competencias de la consejería, sin perjuicio de las competencias de la dirección general con competencias en materia de Estadística.
r) La evaluación y análisis del sistema educativo de la Comunidad de Madrid.
s) Cualesquiera otras funciones que le atribuyan o sean encomendadas.