Dirección: 

C/ Manuel de Falla, 7

Código Postal: 
28036
Municipio : 
Madrid
Distrito: 
Chamartín
Transportes próximos: 
Teléfono: 

91 720 62 23/ 62 24
 

Normativa aplicable
  • Decreto 241/2023, de 20 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales (BOCM nº 225, de 21 de septiembre).

  • Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 159, de 6 de julio)

  • Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 150 de 26 de junio)

  • Orden 1558/2021, de 28 de septiembre, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que delega el ejercicio de competencias en diferentes órganos de la Consejería y se desconcentran las competencias en materia de protectorado de fundaciones.  (BOCM nº 239, 7 de octubre)
Competencias

Corresponden a la Dirección General de Igualdad las competencias relativas a la igualdad real y efectiva en los diferentes ámbitos de la vida política, económica y social de las mujeres y de las personas LGTBI, la lucha contra la violencia contra las mujeres y contra la discriminación y, en particular, las siguientes:
1. En materia de igualdad entre mujeres y hombres:
a) El establecimiento de las directrices y desarrollo de las actuaciones orientadas a la consecución del objetivo de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de manera transversal a través de la elaboración de proyectos, programas, planes, líneas estratégicas y demás instrumentos de planificación y gestión, el impulso de su aplicación y su seguimiento y evaluación.
b) La emisión de los informes sobre el impacto de género en los proyectos de disposiciones de carácter general y los planes de especial relevancia económica, social, cultural y artística que deban someterse a la aprobación de Consejo de Gobierno.
c) El impulso y coordinación de las acciones dirigidas a la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito competencial de la Comunidad de Madrid, así como la cooperación con otros organismos nacionales e internacionales, en especial con las instituciones de la Unión Europea, en materia de igualdad, sin perjuicio de las competencias de coordinación en la materia que ostenta la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea.
d) El establecimiento de las relaciones y cauces de participación con asociaciones, fundaciones y otros entes y organismos públicos y privados que tengan entre sus fines la consecución de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
e) El apoyo a los programas de inserción laboral en coordinación con la consejería competente en materia de empleo.
f) El desarrollo de actuaciones de promoción de la igualdad efectiva dirigidas a los ámbitos educativo, sanitario, cultural, deportivo y en general cualquier otro ámbito, así como el incremento de la participación de las mujeres en la vida política, económica, social y comunitaria allí donde estén infrarrepresentadas.
g) La realización de actuaciones de visibilización dirigidas a la ciudadanía sobre los aspectos relativos a la igualdad entre mujeres y hombres.
h) La realización y fomento de estudios, la recopilación de información y documentación sobre la situación de las mujeres y hombres de la Comunidad de Madrid orientados a servir de base a la elaboración y la adopción de medidas para la plena participación en la vida política, económica, social, laboral y familiar, así como su difusión.
i) La realización de actividades, acciones y campañas de promoción y difusión sobre la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y sobre la necesidad de hacerla efectiva
j) Coordinación en la prestación de servicios dirigidos a fomentar la participación de las mujeres y la igualdad, mediante el establecimiento de convenios con entidades públicas y privadas. La puesta en marcha de espacios de debate, encuentros y reflexión de carácter intergeneracional sobre la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
k) El ejercicio de acciones de cesación de publicidad ilícita por utilizar de forma vejatoria la imagen de la mujer en los términos establecidos en la legislación.
l) La prevención y lucha contra la pobreza y la exclusión de las mujeres.
2. En materia de atención a las personas LGTBI:
a) El diseño, desarrollo y realización de actividades y campañas en materia de información y promoción de la igualdad de trato y la no discriminación de las personas LGTBI.
b) La adopción de medidas tendentes a la protección y asistencia a las personas víctimas de discriminación en colaboración, si procede, con otras administraciones públicas.
c) El control y seguimiento del Programa Madrileño de Información y Atención LGTBI de la Comunidad de Madrid.
d) La emisión de informes sobre el impacto por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género de todas las disposiciones legales o reglamentarias de la Comunidad de Madrid.
3. En materia de asistencia a las víctimas, prevención y erradicación de la violencia
de género:
a) La adopción de medidas dirigidas a prevenir y erradicar cualquier manifestación de la violencia que se ejerce sobre las mujeres, sus hijos e hijas y otras personas dependientes de ellas, trabajando coordinadamente con todas las administraciones públicas implicadas.
b) La adopción de medidas dirigidas a sensibilizar sobre todas las formas de violencia de género, tal y como se recoge en la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid, concienciando de la gravedad de las conductas de las que son víctimas las mujeres e implicando a los medios de comunicación y a la sociedad madrileña en su conjunto.
c) La adopción de medidas de atención integral a través de la Red de Puntos Municipales del Observatorio Regional de la Violencia de Género y de la Red de Centros y Servicios para Mujeres víctimas de violencia de género de la Comunidad de Madrid, con especial atención a aquéllas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la red de Oficinas de Asistencia a Víctimas de Delito de la Comunidad de Madrid.
d) El impulso de estudios sobre todas las formas de violencia de género que incluirán el análisis de sus causas y consecuencias en la sociedad y la difusión de sus resultados.
e) La promoción de la formación de los profesionales en materia de prevención, detección precoz y asistencia a las víctimas de violencia de género en todas sus manifestaciones, a sus hijos e hijas y otras personas dependientes, teniendo en cuenta las situaciones de mayor vulnerabilidad.
f) La gestión y organización del Punto de Coordinación de las Órdenes de Protección de las mujeres que han sido víctimas de violencia de género, así como la coordinación con los órganos competentes en la materia.
g) La tramitación de los expedientes de títulos habilitantes que acreditan la condición de víctima de violencia de género y acreditaciones estatales de las situaciones de trata con fines de explotación sexual, así como aquellas que puedan regularse a través de la Conferencia Sectorial de Igualdad, así como su registro.
h) El ejercicio de acciones para la personación de la Comunidad de Madrid en los procedimientos penales iniciados por causas de muerte o lesiones graves originadas por cualquiera de las manifestaciones de la violencia de género.
i) Asistencia y apoyo a la Secretaría del Observatorio Regional de la Violencia de Género, que ostenta la titular de la Dirección General de Igualdad.
j) La valoración e impulso de las iniciativas surgidas desde diferentes grupos de mujeres, agentes sociales u otras instancias de la sociedad civil en torno a la prevención, sensibilización, formación, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres en todas sus manifestaciones.
k) La elaboración de protocolos, manuales y guías específicas para la detección, asistencia y evaluación de las situaciones de violencia de género en todas sus manifestaciones.