Junta Consultiva de Contratación Administrativa
* Decreto 49/2003, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
*Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOCM nº 213, de 7 de septiembre)
Los órganos de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa son el Presidente, el Pleno y la Comisión Permanente.
El Pleno está compuesto por los siguientes miembros:
- Presidente/a: El/la Director/a General de Patrimonio y Contratación.
- Vocales:
• Los/las Secretarios/as Generales Técnicos/as de las Consejerías.
• El/la Abogado/a General de la Comunidad de Madrid.
• El/la Interventor/a General de la Comunidad de Madrid.
• El/la Director/a General de Atención al Ciudadano y Transparencia.
• El/la Subdirector/a General de Coordinación de la Contratación Pública.
• Un/una representante de las organizaciones empresariales concernidas por la contratación administrativa.
- Secretario/a: El/la Jefe de la División de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
La Comisión Permanente está formada por los siguientes miembros:
- El/la Presidente/a de la Junta.
- Vocales:
• El/la Abogado/a General de la Comunidad de Madrid.
• El/la Secretario/a General Técnico/a de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
• Un/a representante de la Intervención General de la Comunidad de Madrid.
• El/la Director/a General de Atención al Ciudadano y Transparencia.
• El/la Secretario/a General Técnico/a de la Consejería de Sanidad.
• El/la Subdirector/a General de Coordinación de la Contratación Pública.
- El/la Secretario/a de la Junta.
Su régimen orgánico y funcional se regula en el capítulo II del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril.
Entre sus funciones se encuentran las de informar sobre las cuestiones que se sometan a su consideración, impulsar y promover la normalización de la documentación y las normas y medidas necesarias, y formular recomendaciones para la mejora del sistema de contratación pública; así como dirigir el Registro de Contratos.