Plan de Sanidad Ambiental 2020

SG Sanidad Ambiental
Ejecutado

La Dirección General de Salud Pública, a través de la Subdirección General de Higiene, Seguridad Alimentaria y Ambiental, tiene encomendadas las facultades de vigilancia, inspección, evaluación y control en el campo de la sanidad ambiental y la prevención y lucha contra las zoonosis.

Fecha de fin de Ejecución del Plan: 
12/2020

  

Para el desarrollo de estas competencias el Plan de Sanidad Ambiental cuenta con las siguientes líneas estratégicas: verificar el cumplimiento de la normativa de sanidad ambiental, adoptando las medidas preventivas y de control necesarias para proteger a la población; monitorizar mediante sistemas de vigilancia, los factores ambientales físicos, químicos y biológicos, con el fin de orientar la intervención en salud pública y mantener informados a la población y al sistema asistencial; minimizar los riesgos para la salud derivados de las zoonosis no alimentarias y otros agentes biológicos, gestionar los registros oficiales de salud pública y controlar las actividades y empresas funerarias.

Destinatarios

  

Instituciones, empresas y ciudadanos de la Comunidad de Madrid.

Duración

  

Anual.

Líneas Estratégicas

  

1. Prevenir y minimizar los riesgos ambientales para la salud de la población a través de la verificación del cumplimiento de la normativa mediante la inspección y toma de muestras de las aguas de abastecimiento, aguas recreativas, piscinas y parques acuáticos, zonas de baño calificadas, aguas regeneradas y calidad del ambiente interior.

2. Prevenir y minimizar los riesgos ambientales para la salud mediante la inspección y toma de muestras de instalaciones riesgo de legionelosis.

3. Controlar y prevenir el riesgo para la salud de productos químicos y biocidas.

4. Intervenir frente a las alertas medioambientales, evaluando los posibles efectos en salud.

5. Evaluar el impacto ambiental en salud de planes, programas y proyectos en cumplimiento de la Ley 21/2013, de Evaluación Ambiental.

6. Conocer y monitorizar, mediante sistemas de vigilancia, el polen y otros factores ambientales físicos y químicos y sus variaciones espacio-temporales, por su especial relevancia para la población, con el fin de orientar la intervención en salud pública.

7. Minimizar los riesgos para la salud de la población derivados de la leishmaniasis mediante la vigilancia ambiental de reservorios y vector, con el apoyo de la vigilancia epidemiológica en el hombre y la realización de acciones de control sobre los animales domésticos y la fauna silvestre y la aplicación de las medidas de saneamiento ambiental necesarias.

8. Minimizar los riesgos para la salud de la población derivados de las zoonosis y otros agentes biológicos mediante la vigilancia, el control y la toma de muestras de animales domésticos y fauna silvestre.

9. Minimizar los riesgos para la salud de la población mediante la vigilancia entomológica y control sanitario-ambiental de vectores (mosquito tigre, garrapatas, etc.) transmisores de enfermedades, y otros agentes biológicos con interés en salud pública.

10. Controlar el cumplimiento de la normativa vigente sobre Sanidad Mortuoria.

11. Cumplir el marco normativo sobre autorizaciones y registros sanitarios de empresas y servicios biocidas, establecimientos de adorno corporal y alimentarios en la Comunidad de Madrid.

Diagnóstico

  

En base a las evaluaciones anuales, series históricas, marco normativo, así como los problemas que se detectan en el ámbito de la Sanidad Ambiental, se establece el plan anual con objetivos, actividades e indicadores de evaluación.

Objetivo

   

La adecuación del medio ambiente a la salud en todos los ámbitos de la vida en la Comunidad de Madrid.

Programa presupuestario

 

Programa 313-B

Objetivos concretos

   

1. Prevenir los riesgos ambientales para la salud de la población a través de la verificación del cumplimiento de la normativa mediante la inspección y toma de muestras de aguas de abastecimiento, aguas recreativas, piscinas y parques acuáticos, zonas de baño calificadas y aguas regeneradas.

2. Prevenir el riesgo químico para la salud mediante la inspección para comprobar el cumplimiento de la normativa Europea en las empresas de productos químicos de la CM (Reglamento Europeo de Sustancias y Productos Químicoa (REACH)); Materiales en contacto con alimentos; Biocidas y Consumidor final: detergentes, pinturas, etc.

3. Gestionar las alertas, demandas y reclamaciones en sanidad ambiental referentes a establecimientos, empresas, instalaciones y productos.

4. Evaluar el impacto ambiental en salud de planes, programas y proyectos en cumplimiento de la Ley 2/2012 de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad de Madrid.

5. Asesoramiento técnico a los municipios para el cumplimiento de la normativa de sanidad ambiental.

6. Colaborar con la administración competente en la promoción de estrategias de lucha antivectorial y la implantación de programas de control de plagas en municipios de menos de 10.000 habitantes.

7. Minimizar el riesgo de transmisión de legionelosis mediante la inspección y toma de muestras, principalmente en:

  • Instalaciones intercambiadoras de calor que emiten aerosoles (torres de refrigeración y condensadores evaporativos).
  • Sistemas de agua caliente sanitaria en establecimientos de uso colectivo, especialmente los considerados de riesgo, residencias de mayores y hoteles.
  • Pulverizadores de agua al ambiente y en spas.
  • Instalaciones con antecedentes de riesgo o que tengan malas condiciones higiénico-sanitarias.

8. Vigilar la concentración del polen atmosférico mediante el análisis continuo de sus niveles, por medio de captadores distribuidos por la región, difundiendo la información polínica a la población general, a la población de riesgo y a los profesionales sanitarios.

9. Vigilar la exposición a otros factores ambientales con especial relevancia para la población en los siguientes ámbitos:

  • Contaminación atmosférica (ozono troposférico O3, dióxido de nitrógeno NO2 y otros contaminantes) con la finalidad de mantener informado al sistema sanitario y sociosanitario y facilitar el tratamiento y seguimiento de patologías asociadas.
  •  Extremos térmicos dentro del Plan de Vigilancia y Control de los Efectos de las Olas de Calor y del Plan de Vigilancia y Control de los Efectos del Frío en la Salud en la Comunidad de Madrid al objeto de prevenir y minimizar los efectos de las temperaturas extremas en la salud.
  • Campos electromagnéticos procedentes de estaciones base de telefonía móvil e infraestructuras eléctricas con el fin de atender las demandas de información de los ciudadanos relacionadas con posibles riesgos para la salud.
  • Análisis espacio-temporal de los riesgos ambientales que afectan a la salud a través de Sistemas de Información Geográfica para información al Sistema Sanitario Madrileño.

10. Prevenir los riesgos para la salud de la población derivados de las zoonosis y otros agentes biológicos mediante la vigilancia y la toma de muestras en animales domésticos y fauna silvestre (hidatidosis-echinococosis, rabia, parásitos gastrointestinales zoonósicos, tularemia, psitacosis, etc.). Evaluar los resultados de la vigilancia y proponer estrategias de control para estas enfermedades. Informar a los ciudadanos y profesionales y potenciar actividades de educación sanitaria.

11. Prevenir enfermedades infecciosas en el hombre causadas por virus, bacterias, protozoos y parásitos, que supongan un riesgo o una amenaza para la salud de la población, transmitidas a través de vectores como mosquitos, garrapatas, pulgas, etc. Prevenir efectos en la salud de la población debidos a agentes biológicos como Simúlidos (mosca negra), procesionaria del pino, etc. Establecer una red de vigilancia entomológica y control sanitario-ambiental de vectores con interés en salud pública en la Comunidad de Madrid. Protocolizar las actuaciones en materia de sanidad ambiental ante la aparición de una alerta por vectores transmisores de enfermedades con interés en salud pública. Coordinar las actuaciones en materia de control vectorial y prevención de enfermedades transmitidas por vectores. Informar a ciudadanos y profesionales y potenciar actividades de educación sanitaria.

12. Vigilancia epidemiológica de la leishmaniasis como enfermedad endémica regional y de declaración obligatoria en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

  • Vigilancia del reservorio (animales domésticos y fauna silvestre), así como del vector (flebotomo).
  • Coordinar actuaciones de control ambiental, aplicando medidas de saneamiento.
  • Informar a ciudadanos y profesionales y potencias actividades de educación sanitaria.

13. Comprobar el cumpliento de las condiciones higiénica-sanitarias, funcionales y estructurales fijadas normativamente para la realización de prácticas tanatológicas. Comprobar el cumplimiento de los requisitos funcionales y condiciones higiénico-sanitarias y estructurales de los establecimientos, instalaciones y empresas funerarias, en coordinación con las diferentes Administraciones con competencias en la materia.

14. Contribuir a minimizar los riesgos derivados de las actividades sometidas a control mediante la inscripción en los Registros de Empresas y Establecimientos de Salud Pública y garantizar el mantenimiento de la información actualizada sobre las mismas. Dar cumplimiento al marco normativo sobre el mantenimiento de los registros de:

  • Empresas y Establecimientos Alimentarios.
  • Establecimientos y Servicios Biocidas.
  • Laboratorios de análisis de alimentos y aguas.
  • Establecimientos de adorno corporal (tatuajes, piercing y micropigmentación).
  • Centros de bronceado mediante radiaciones UVA.
  • Centros de formación de aplicadores biocidas, adorno corporal y rayos UVA.

Actividades a desarrollar

  

1. Implantación y seguimiento de sistemas de vigilancia de riesgos ambientales en salud.

2. Inspección, toma de muestras y auditoría en establecimientos e instalaciones en materia de sanidad ambiental.

3. Auditoria documental de los expedientes.

4. Ejecución de los trámites para otorgar los Registros /autorizaciones correspondientes.

5. Elaboración de informes técnicos.

6. Difusión de información: documentos, guías, folletos, dípticos, etc. a través de diferentes canales (Web…)

7. Asesoramiento técnico a municipios, empresas y particulares.

8. Ejecución de Sistemas de Información para la gestión de la Sanidad Ambiental (SAHAWEB, NAYADE, SINAC, Red Palinocam…), dirigidos a instituciones y particulares, verificando su correcto uso, en los casos que así se precisa.

9. Organización de actividades formativas (cursos, jornadas, seminarios...) para los sectores relacionados.

10. Formación continuada y especialización de los profesionales.

11. Gestionar una red de colaboradores institucionales de alto nivel científico para la toma de decisiones en Sanidad Ambiental.

Medios personales

  

En Servicios Centrales: 45 personas

En las Áreas de Salud Pública: 83 personas

Medios económicos

 

Sin presupuesto específico, se lleva a cabo por el personal de la D.G. de Salud Pública y se incluye dentro del Programa 313B, siendo los costes principales:

  • Las analíticas de sanidad ambiental que se incluyen en el presupuesto del Laboratorio Regional de Salud Pública.
  • El Convenio de colaboración con el Colegio Oficial de Veterinarios de Madrid, que incluye algunas actuaciones de este plan.
  • El presupuesto destinado a publicaciones y a formación del personal de la D.G. de Salud Pública.

 

Tiempo de consecución

  

Anual.

Indicadores resultado percepción

 

• Número de inspecciones en materia de sanidad ambiental
• Número de auditorías a empresas de biocidas
• Número de muestras de sanidad ambiental analizadas
• Número de alertas de sanidad ambiental gestionadas
• Número de etiquetas de productos químicos controladas
• Número de empresas de salud púbica registradas y tramitaciones realizadas

Resultados

 

Consultar la información en las páginas 10 a 50 de la Memoria de Higiene, Seguridad Alimentaria y Ambiental del año 2020

Periodicidad de la medición

 

Evaluación: anual.