Expedientes administrativos: Plan de restauración de la prórroga de vigencia de la concesión de explotación de recursos de la sección C), caliza, denominada "Valdecubillos", nº 2838-011

Expedientes administrativos: Plan de restauración de la prórroga de vigencia de la concesión de explotación de recursos de la sección C), caliza, denominada "Valdecubillos", nº 2838-011
Plazo finalizado

TRÁMITE FINALIZADO

  • Responsable:  Dirección General de Industria, Energía y Minas
  •  Proyecto: Plan de restauración
  •  Promotor: Cantera el Hoyón, S.A.
  •  Localidad: Campo Real, Arganda del Rey, Perales de Tajuña y Morata de Tajuña.
  • Anuncio:​​ Acuerdo de 14 de enero de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por el que se abre período de información pública del Plan de Restauración correspondiente a la prórroga de la concesión de explotación de recursos de la Sección C) Caliza, denominada “Valdecubillos”, número 2838-011, situada en los términos municipales de Campo Real, Arganda del Rey, Perales de Tajuña y Morata de Tajuña (Madrid), cuyo titular es Cantera El Hoyón, S. A.
  • Consulta del expediente:Área de Minas e Instalaciones de Seguridad de la Dirección General de Industria Energía y Minas, sita en la calle Ramírez de Prado, número 5 bis, de Madrid, previa petición de cita en el enlace: https://gestiona.madrid.org/CTAC_CITA/dgiem, así como en la página web de la Comunidad de Madrid (http://www.comunidad.madrid), dentro de la ficha "Estudios de impacto ambiental en información pública de la DGIEM".
  • Plazo de información pública y alegaciones: Treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
  • Presentación de alegaciones: Dirección General de Industria, Energía y Minas (Área de Minas e Instalaciones de Seguridad). Podrán presentarse en cualquier registro electrónico del sector público, oficinas de asistencia en materia de registros o en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, salvo que el interesado sea alguno de los sujetos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos o un representante de los mismos, en cuyo caso deberá presentarse necesariamente a través de medios electrónicos.
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