Apertura del trámite de consulta a Corporaciones locales y Organismos públicos afectados, sobre el Avance del Plan de Carreteras 2025-2032 de la Comunidad de Madrid.

Resolución de la Directora General de Carreteras de la Comunidad de Madrid acordando la apertura del trámite de consulta a Corporaciones locales y Organismos públicos afectados sobre el Avance del Plan de Carreteras 2025-2032 de la Comunidad de Madrid.
Plazo finalizado

Plazo: dos meses desde la recepción del documento (plazo ampliado por Resolución de la Directora General de Carreteras de 31 de agosto de 2023)

Información de motivación de Plazo Restringido: 
De conformidad con el artículo 15 del Reglamento de la Ley de Carreteras de la Comunidad de Madrid (Decreto 29/1993, de 11 de marzo) una vez formulado el Avance del Plan de Carreteras por la Consejería correspondiente, será sometido a informe de las Corporaciones locales y Organismos públicos afectados, así como a las Corporaciones de Derecho Público y entidades que representen los intereses de los usuarios. De acuerdo con el artículo 15.2 del Reglamento de la Ley de Carreteras de la Comunidad de Madrid (Decreto 29/1993, de 11 de marzo) el plazo será de un mes a contar desde la recepción del documento.

La línea planificadora establecida por la Comunidad de Madrid en materia de carreteras desde el momento de la asunción de las competencias derivadas de su Estatuto de Autonomía, se concretó inicialmente en la redacción del primer Plan de Carreteras 1986-1993, del segundo Plan de Carreteras 1994-2001, del Avance del Plan de Carreteras de Madrid 2002-2009, y del Avance del Plan de Carreteras 2009-2020. Sin embargo, la Comunidad de Madrid precisa la actualización de la planificación de su red viaria a medio y largo plazo de forma que se puedan determinar sus necesidades presupuestarias y las dotaciones necesarias para alcanzar una red funcional y sostenible en el horizonte del año 2032.

El Plan tiene su base normativa en la LEY 3/1991, DE 7 DE MARZO, DE CARRETERAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID artículos 6 al 11, y en particular el referido Artículo 6 que indica:

1.         La programación y realización de las obras de carreteras e infraestructura viaria podrá incluirse en un Plan de Carreteras, que constituirá el instrumento jurídico de la política sectorial.

A estos efectos, el Plan deberá contener las previsiones, objetivos y prioridades de actuación en las vías integradas en las redes de la Comunidad y de las infraestructuras complementarias, en su caso.

El Avance del Plan de Carreteras 2025-2032 de la Comunidad de Madrid tiene el objetivo de adecuar funcionalmente la red de carreteras autonómica a las nuevas necesidades de movilidad en la región. Este documento supone una primera versión del diagnóstico realizado en la red de carreteras autonómica y las propuestas de actuación necesarias para intentar resolver los problemas detectados.

El Plan ha considerado todos los desplazamientos de personas y mercancías que se producen dentro de la región, cualquiera que sea su motivo, su periodicidad o su marco geográfico. Asimismo, el Plan tiene en consideración la movilidad cotidiana pendular con las provincias limítrofes.

El Plan también analiza, diagnostica y propone medidas para la creación de una “Red básica de Vías Ciclistas de la Comunidad de Madrid”.

En este Avance del Plan se prevé la construcción de nueva infraestructura para potenciar los principales ejes de movilidad en la región, prestando especial atención a la mejora de la capacidad de la red existente, mediante actuaciones puntuales en tramos y puntos concretos de enlace en la red. Además, persigue la mejora de la oferta viaria, adaptando las infraestructuras que más lo están demandando a los nuevos parámetros geométricos exigidos por la normativa actual.

Complementariamente se ha realizado una importante labor en la caracterización y determinación de las travesías y tramos urbanos de los 179 municipios que integran la región, definiendo, además sus zonas de protección. Con ello se pretende adecuar el régimen jurídico de las carreteras a la realidad física y urbanística de cada municipio, garantizando la máxima funcionalidad de la red de carreteras autonómica.

Los principales objetivos rectores para la redacción de este Plan han sido tres:

•           La sostenibilidad social, entendiendo como tal la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos, la satisfacción de las demandas de movilidad y el incremento de las posibilidades de desarrollo urbano y económico de la región. Para ello es fundamental planificar una red de carreteras de calidad y competitiva.

•           La sostenibilidad ambiental, el valor natural de los espacios de la Comunidad de Madrid supone un reto a la hora de plantear la construcción de nuevas infraestructuras en la región. Por ello, este Plan ha partido con el objetivo de minimizar los impactos del sistema de transportes sobre el medio ambiente, favoreciendo la lucha contra el cambio climático, proponiendo medidas para la reducción de las congestiones de tráfico, favoreciendo el trasvase modal hacia modos no motorizados a partir de la planificación de la Red Básica de Vías Ciclistas y proponiendo medidas que mejoren la integración del sistema de transportes en el medio natural.

•           La sostenibilidad económica y financiera, lo que implica la necesidad de gestionar de forma adecuada los recursos presupuestarios de la Comunidad, logrando satisfacer una accesibilidad sostenible, que evite los desequilibrios territoriales, a la vez que se garantiza la eficacia de las inversiones.

Este Plan supone un nuevo horizonte en la planificación de la infraestructura viaria competencia de la Comunidad de Madrid. Además, se busca cumplir con los objetivos de desarrollo de la región planteados por el gobierno regional y mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos.