Resolución número 065/2020
Archivo del recurso por desistimiento del recurrente. Artículo 56.1 LCSP y 84.1 de Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo.
Archivo del recurso por desistimiento del recurrente. Artículo 56.1 LCSP y 84.1 de Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo.
El órgano de contratación en su informe reconoce que la recurrente presentó justificación de la viabilidad de su oferta incursa en valores anormales por lo que ha anulado la exclusión y retrotrae el procedimiento. Pérdida sobrevenida del objeto de recurso. Declaración de concluso del procedimiento.
Recurso contra un contrato de servicios de control de acceso y atención al público. El recurso se basaba en que determinada parte de su ejecución correspondia a servicios de vigilancia y no estando reservados a estas empresas dichos servicios solicitaba la nulidad de los pliegos. El o.c. admite los fundamentos del recurso y desestima el procedimiento de licitación, por lo que el recurso pierde su objeto.
Recurso contra la exclusión por acuerdo de la mesa de contratación de oferta presentada a un contrato de suministros médicos. La mesa de contratación advierte su error y de oficio retrotrae las actuaciones, declarándose perdido el objeto del recurso.
Declaración de concluso del procedimento por desistimiento del procedimiento de licitación por el órgano de contratación dado que el contenido del PPT publicado puede interpretarse como limitador de la libre competencia.
Procedimiento concluso por desistimiento del procedimiento del órgano de contratación, allanándose a las pretensiones del recurrente.
Se tiene por desistida la recurrente en su recurso contra los Pliegos de un contrato de suministro de implantes cocleares para el SERMAS. La recurrente ha presentado un escrito de desistimiento. Aplicación supletoria de la Ley 39/2015, artículos 84 y 94.
Recurso contra modificación Pliegos mantenimiento equipos electromedicina. Habiendo sido anulados en otro recurso anterior y habiéndose decretado la retroacción de actuaciones, existe pérdida sobrevenida de su objeto.
Recurso contra los pliegos de condiciones del servicio de asistencia jurídica para una empresa municipal. Recibido por el órgano de contratación el recurso, procede de oficio y sin más trámite a modificar el PCAP y otorgar nuevo plazo de licitación. Se considera que el recurso ha perdido su objeto por causa sobrevenida.
Recurso contra pliegos. Se tiene por concluido el procedimiento al haberse declarado desierto.