Resolución número 190/2021
Terminación del procedimiento del recurso especial en materia de contratación por pérdida sobrevenida del objeto al haber acordado el órgano de contratación el desistimiento del procedimiento de licitación.
Terminación del procedimiento del recurso especial en materia de contratación por pérdida sobrevenida del objeto al haber acordado el órgano de contratación el desistimiento del procedimiento de licitación.
Desistimiento de recurrir los pliegos de condiciones de un contrato de recogida y traslado de residuos urbanos sólidos.
Terminación del procedimiento del recurso especial en materia de contratación por desaparición del objeto del mismo al haber acordado el órgano de contratación el desistimiento del procedimiento de licitación.
Pérdida sobrevenida del objeto por declararse desierto el contrato a falta de licitadores.
Desistimiento de recurso contra adjudicación de lote de contrato de suministro. Terminación del procedimiento por desistimiento del recurrente conforme a lo dispuesto en los arts 84.1 y 94 LPACAP y 56.1 LCSP.
El procedimiento finaliza porque el interesado desiste del recurso interpuesto.
Recursos contra adjudicación contrato de servicios. Acumulación de recursos. Se impugna la valoración de los criterios de adjudicación. Se desestima uno de los recursos por no proceder la corrección de la ponderación otorgada, y se estima el otro por ser incorrecta la valoración del adjudicatario. Allanamiento del órgano de contratación. Anulación de adjudicación y retroacción de actuaciones.
Terminación de los procedimientos de recurso especial contra exclusión y adjudicación de contrato de servicios. Pérdida de objeto por causa sobrevenida que imposibilita continuar la tramitación del procedimiento. Admisión del recurrente, anulación de la adjudicación y retroacción de actuaciones al momento anterior a la exclusión por acuerdo del órgano de contratación. Desaparición del objeto de los recursos interpuestos contra la propuesta y contra el acuerdo de exclusión y adjudicación del contrato, por satisfacer el órgano de contratación la pretensión del recurrente. Arts.
Desistimiento del recurrente del procedimiento de recurso contra licitación de contrato de servicios, por no subsanar los defectos que afectaban al escrito de interposición. Terminación del procedimiento de recurso especial al tener por desistido de su solicitud al recurrente conforme a lo dispuesto en los arts. 51.2 y 56.1 de la LCSP, así como 21.1, 68.1 y 84.1 de la LPACAP. No subsanación en plazo de los defectos de interposición del recurso.
Terminación del procedimiento de recurso especial contra adjudicación de contrato de suministro, por imposibilidad de continuar la tramitación del recurso por causa sobrevenida, al haberse anulado el procedimiento impugnado por Resolución estimatoria del Tribunal con objeto de un recurso anterior. Desaparece el objeto de impugnación. Arts. 84.2 LPACAP y 56.1 LCSP.