Resolución número 112/2024
Estimación de recurso contra exclusión por falta de acreditación de solvencia técnica. La recurrente sí acreditó la solvencia conforme a pliegos, pues el objeto del contrato comprende gestión de residencias y centros de día. Lo que hace el pliego, en virtud del 90,3 LCSP es exigir experiencia específica en gestión de residencias, pero no exclusivamente.