Resolución número 156/2021
Desestimación del recurso. Los productos ofertados no cumplen con los requisitos técnicos establecidos en los pliegos.
Desestimación del recurso. Los productos ofertados no cumplen con los requisitos técnicos establecidos en los pliegos.
Desestimación del recurso especial contra Pliegos por insuficiente dotación del presupuesto para la ejecución del contrato. No se acredita la insuficiencia, se limita a presentar un presupuesto alternativo con conceptos que no justifica. Cumplimiento de los artículos 100 y 101 de la LCSP.
Desestimación de recurso contra los criterios de adjudicación establecidos en el PCAP en relación a la experiencia profesional de algunos de los trabajadores que prestarán el servicio. Se considera que dicho criterio se ajusta a lo establecido en el art. 145 2 y 6 y, en consecuencia, es válida su inclusión.
Desestimación del recurso especial contra la exclusión en el procedimiento por incumplimiento de las prescripciones técnicas. La muestra presentada incumple en PPT. Discrecionalidad de la Administración. No se aprecia error ni arbitrariedad en la apreciación de la muestra.
Desestimación de recurso contra la exclusión en un contrato de suministro por incumplimiento de PPTP. La exclusión de la Mesa estaba motivada por 2 incumplimientos. Se estiman las alegaciones de la recurrente en relación al primer incumplimiento relativo a las fundas neumáticas, al detectarse error en la evaluación técnica de la muestra presentada, pero se desestiman las alegaciones referidas a la máquina de compresión ofertada, por lo que se sigue manteniendo el incumplimiento del PPTP por parte de la recurrente. Arts. 124, 125 y 139 LCSP.
Desestimación de recurso contra la exclusión en un contrato de suministro. Incumplimiento por la recurrente de las características técnicas exigidas es de PPTP, de carácter obligatorio conforme a lo dispuesto en los artículos 124 y 125.1 de la LCSP. Los Pliegos constituyen las bases del contrato y, sus determinaciones, las reglas conforme a las cuales debe ser cumplido, correspondiendo al órgano de contratación su determinación, art. 28 LCSP, y sin que quepa relativizarlas, ni obviarlas durante el proceso de licitación. Art. 139 LCSP.
Desestimación del recurso contra exclusión por baja desproporcionada. Motivación reforzada en el informe de la Administración. La justificación del licitador se funda básicamente en su propia dimensión para acometer costes menores, algo común a todos los licitadores.
Desestimación de recurso contra un contrato de suministros médicos. La oferta fue excluida por incumplimiento de las prescripciones técnicas. El recurrente considera que son excesivos dichos requisitos. Doctrina de la vinculación de los pliegos.
Desestimación recurso especial contra exclusión de licitador por incumplimiento de las prescripciones técnicas contenidas en los pliegos de un contrato de suministro. Queda acreditado que el producto ofertado no incluye las ecoetiquetas exigidas.
Desestimación baja desproporcionada. El recurrente se basa en la comparación con el informe de otro licitador, también incurso en baja, alegando trato discriminatorio, que no se aprecia. Motivación exhaustiva y reforzada de la Administración.