Desestimatoria

Resolución número 126/2025

Número de Resolución: 
126/2025
Fecha: 
Jueves, 27 Marzo, 2025

Licitación electrónica. La oferta del recurrente no ha sido enviada en plazo, según sus manifestaciones por problemas en la PLACSP, incidencias que no han quedado justificadas. Su falta de diligencia y falta de solicitud de apoyo técnico conllevan que la oferta no se encuentre presentada en plazo.

Resolución número 125/2025

Número de Resolución: 
125/2025
Fecha: 
Jueves, 27 Marzo, 2025

Planes de igualdad. Recurso contra la adjudicación del contrato por incurrir el adjudicatario en prohibición para contratar de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71.1 d) de la LCSP al no disponer un miembro de la UTE adjudicataria de plan de igualdad inscrito en el REGCON. Desestimación. Aplicación doctrina "self cleaning".

Resolución número 124/2025

Número de Resolución: 
124/2025
Fecha: 
Jueves, 27 Marzo, 2025

Licitación electrónica. Licitación de empresas comunitarias. La firma digital necesaria para la presentación de la oferta ha tenido que ser validada por un operador admitido en España. El licitador presenta firma electrónica certificada por un operador que no esta habilitado en España, pero si en Italia. No subsana correctamente este defecto por lo que se excluye su oferta del procedimiento de adjudicación.

Resolución número 122/2025

Número de Resolución: 
122/2025
Fecha: 
Jueves, 27 Marzo, 2025

Prescripciones técnicas. Los equipos propuestos por el adjudicatario cumplen con los requisitos exigidos en el PPT. Discrecionalidad técnica y veracidad de los informes de los técnicos. Se desestima la pretensión del recurrente de excluir la oferta por incumplimiento de lo exigido

Resolución número 118/2025

Número de Resolución: 
118/2025
Fecha: 
Jueves, 27 Marzo, 2025

Ofertas anormalmente bajas. El PCAP establece la fórmula para determinar las ofertas anormalmente bajas,(artículo 149.2.b) de la LCSP) sin que haya sido impugnado por el recurrente. La presentación de la oferta supone la aceptación incondicionada de los términos establecidos en los pliegos por lo que se desestima el recurso.

Resolución número 115/2025

Número de Resolución: 
115/2025
Fecha: 
Jueves, 20 Marzo, 2025

Cumplimiento de prescripcioens técnicas y su determinación. Discreccionalidad técnica. El pliego de prescripciones técnicas exige respecto de la solución viscoelástica  un "Peso molecular de +/- 3.0 MDa." sin determinar la posible desviación. Se emite informe técnico justificando qué el producto ofertado por la recurrente no cumple al presentar unos rangos excesivos. El informe está motivado, no apreciandose error ni arbitrariedad. 

Resolución número 113/2025

Número de Resolución: 
113/2025
Fecha: 
Jueves, 20 Marzo, 2025

Cumplimiento de requisitos técnicos y su determinación. Prescripciones técnicas. El suministro ofertado no cumple con las exigencias requeridas en el PPT, ello lleva a excluir a las tres primeras ofertas, siendo la adjudicataria la ultima clasificada. El recurrente pretende considerar el requisito objeto de controversia como una alternativa siendo esta imposible con el funcionamiento y fin del desfibrilador

Resolución número 112/2025

Número de Resolución: 
112/2025
Fecha: 
Jueves, 20 Marzo, 2025

Proposiciones de los licitadores. Valoración de ofertas. Proposiciones de los interesados - requisitos - Extensión de la Memoria. Desestimación de recurso contra adjudicación, pues la oferta incumplía lo dispuesto en pliego en relación a la presentación de la extensión y tipo de letra de la Memoria valorable mediante juicio de valor. No se trata de una formalidad, pues afecta al principio de igualdad de trato entre licitadores.

Resolución número 106/2025

Número de Resolución: 
106/2025
Fecha: 
Jueves, 20 Marzo, 2025

Solvencia. Solvencia Técnica. Acreditación de la solvencia. Recurso contra adjudicación del contrato por no cumplir la adjudicataria con las exigencias del pliego respecto a la ceertificación del ENS. Desestimación. El certificado cumple las exigencias de los pliegos al disponer del certificado nivel medio exigido, ya que los pliegos no determinan su alcance. Artículo 139.1 LCSP.

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