Resolución número 004/2015
Desestimación de Reclamación contra el Acuerdo de adjudicación de un contrato sujeto a la LCSE. La notificación de adjudicación junto con la información adicional facilitada ha permitido la interposición de reclamación fundada. Oferta incursa en valores anormales o desproporcionados que no justifica adecuadamente su viabilidad. El parámetro de la justificación ha de ser las prestaciones del contrato. Informe técnico motivado sobre el rechazo de la oferta.