Resolución número 304/2019
Fecha:
10/07/2019
Número de Resolución:
304/2019
Temas:
Inadmisión de reclamación en un contrato de servicios de formación a los empleados de la EMT. Los contratos cuyo objeto se encuentra recogido en el Anexo II B solo podrán ser recurribles en lo que afecte a lo regulado en los artículos 34 y 67 de la LCSE, es decir, en lo relativo a las prescripciones técnicas y a la publicidad de la licitación. No siendo este el objeto de la reclamación.
Número de Expediente:
406/2019
Tipo de Contrato:
Tipo de Resolución:
Acto Recurrido:
Objeto:
Procedencia:
Documento: