Resolución número 019/2020
Desestimación recurso especial. La oferta del adjudicatario no se encuentra en baja temeraria de acuerdo con lo previsto en el PCAP.
Desestimación recurso especial. La oferta del adjudicatario no se encuentra en baja temeraria de acuerdo con lo previsto en el PCAP.
Inadmisión del recurso por no subsanar la representación. El poder que presenta es insuficiente.
Desestimación del recurso contra la adjudicación del lote 18 de contrato de suministros médicos al no apreciarse incumplimiento ni contradicción en los pliegos que rigen la contratación, sin que el órgano de contratación haya actuado con arbitrariedad, ni conculcado los principios de igualdad de trato, no discriminación, y proporcionalidad. El producto ofertado cumple con las características específicas exigidas para el lote adjudicado en el PPTP y está autorizado por la AEMPS.
Estimación recurso especial. Incorrecta valoración de un criterio de valoración por el órgano de contratación. Error patente en la apreciación del órgano de contratación, por lo que no es aplicable la discrecionalidad técnica.
Estimación parcial de dos recursos contra la adjudicación de los 2 lotes de un contrato de servicios de limpieza. La oferta según el PCAP es un porcentaje de descuento sobre determinados precios unitarios. La fórmula prevista para puntuar las ofertas económicas es errónea pues no está pensada para porcentajes y distorsiona las puntuaciones. No cabe su modificación. Anulación del procedimiento.
Desestimación de recurso contra exclusión de licitador en contrato de suministro. Improcedencia de conceder doble plazo de subsanación art. 141.2 LCSP, vulneración de los principios de la contratación pública de no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores - artículos 1 y 132.1 de la LCSP. La admisión de documentación fuera de los plazos de presentación y subsanación supone inseguridad jurídica para todos los participantes en el procedimiento impidiendo la eficiencia de la contratación, con perjuicio para los intereses de las partes. Falta de habilitación art.65.2 LCSP
Inadmisión de recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios de la Consejeria de Cultura de la Comunidad de Madrid. El recurrente carece de legitimación al ocupar su oferta el sexto lugar en la clasificación.
Inadmisión por falta de legitimación por su clasificación.
Inadmisión recurso especial al recurrir el acuerdo de la Mesa de contratación sobre criterios de valoración sujetos a juicio de valor. Es acto de trámite no cualificado, pendiente de la ratificación del órgano de contratación.
Inadmisión recurso especial. Impugnación de la propuesta de la Mesa de Contratación de los criterios sometidoa a juicio de valor. Acto de trámite que debe ser ratificado por órgano de contratación. No susceptible de recurso conforme al artículo 44.2 de LCSP.