Mano de recién nacido coge un dedo de su madre

Permiso del otro progenitor por adopción, guarda o acogimiento (PAS)

AddToAny

Permiso del otro progenitor por la guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo.

Fecha de inicio

  • Parte obligatoria: inmediatamente después de la resolución judicial por la que se constituye la adopción o a la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o acogimiento.
     
  • Parte voluntaria: desde la finalización del periodo obligatorio, de acuerdo con lo señalado anteriormente.
     
  • En caso de adopción o acogimiento internacional que exija el desplazamiento previo de los progenitores al país de origen del adoptado (y con independencia del permiso de hasta dos meses para tal desplazamiento) podrá iniciarse hasta cuatro semanas antes de la resolución judicial o administrativa.