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La UE impulsa el Derecho a reparar

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Una nueva directiva promueve la reparación y la reutilización en la fase postventa, al margen de la responsabilidad que hasta ahora tenía el vendedor.

Con el objetivo de impulsar la Economía Circular, proteger los derechos de las personas consumidoras y fomentar el ahorro y un consumo más sostenible, la Unión Europea ha publicado una nueva normativa para promover el Derecho a la reparación de bienes.

Durante este a 2024 la Unión Europea ha ido desarrollando normativa para que el diseño de los productos sea más sostenible en la fase de producción y se garantice una mejor información sobre la durabilidad y la reparabilidad de los productos en el punto de venta, de forma que los consumidores puedan tomar decisiones de compra sostenibles.

Principales novedades

La nueva normativa promueve que, tanto los vendedores como los fabricantes reparen los productos, aunque esté vencida la garantía. Además facilita a los consumidores la elección de distintos servicios de reparación que estarán disponibles a través de una plataforma. La nueva normativa también regula el formulario de información que las empresas entregarán al consumidor, cuando este solicite reparar un producto.

El periodo de responsabilidad del vendedor se amplía, cuando el consumidor elija reparar, en lugar de sustituir el producto por uno nuevo, lo cual supone en cierto modo una ampliación del periodo de garantía.

Otra de las novedades propuestas es que las personas consumidoras podrán disfrutar de un producto de sustitución similar, durante el tiempo que se prolongue la reparación. En el caso de que el bien no sea reparable, el fabricante deberá plantear la posibilidad de adquirir un bien reacondicionado.

Se creará una plataforma europea, organizada por países, que incluya información sobre los servicios de reparación, compañías de productos reacondicionados, compradores de productos defectuosos o espacios comunitarios de reparación.

Se pondrá a disposición de los consumidores un formulario de información. Dicho formulario se cumplimentará por las empresas de reparación, y en él se establecerán las condiciones de la reparación, y el precio. Tanto las condiciones como el precio establecido, deberán mantenerse durante un mínimo de treinta días naturales, para que el consumidor pueda comparar entre formularios solicitados a distintas empresas.

El reparador podrá prestar servicio de diagnóstico para identificar la naturaleza del defecto, el coste de este servicio podrá repercutirse en el consumidor, siempre que se le informe con anterioridad, e incluso podrá ser deducido del coste de la reparación.

El papel de los Estados miembros: Cada Estado miembro deberá desarrollar medidas de promoción de la reparación. La normativa plantea recursos como vales o fondos de reparación, campañas de información, capacitación de trabajadores o apoyo a iniciativas comunitarias de reparación.

Garantías para equipos y programas informáticos: Los fabricantes de equipos informáticos no podrán incluir cláusulas contractuales ni técnicas que bloqueen o rechacen la reparación. También se permite la aplicación de piezas o dispositivos de repuesto de segunda mano, reacondicionados o impresos en 3D, elaborados o instalados por talleres o fabricantes independientes.

Los fabricantes no podrán denegar la reparación de un producto por motivos económicos o porque haya sido reparado anteriormente por terceros.

Foco en el ahorro: los fabricantes deberán reparar y servir las piezas de recambio, las herramientas para la reparación y el mantenimiento de los bienes, a un coste razonable, de manera que el coste no disuada a los consumidores de efectuar la reparación.

Responsabilidad del fabricante: La obligación de la reparación se atribuye al fabricante. Si estuviera fuera de la Unión Europea, la obligación pasaría a su representante autorizado en la Unión. En caso de que no tenga un representante, la responsabilidad sería del importador, y si no del distribuidor. De esta manera se garantiza al consumidor que siempre habrá un responsable para la reparación del producto.

Los bienes para los que se ha establecido prioritariamente obligación de reparar son: lavadoras, secadoras, lavadoras-secadoras, lavavajillas, frigoríficos, aspiradoras, pantallas electrónicas, táblets, teléfonos móviles, teléfonos inalámbricos, servidores, productos de almacenamiento de datos, medios de transportes ligeros que incorporen baterías (patinetes eléctricos, bicicletas eléctricas y equipos de soldadura).