Ortopedias. Seguridad y protección para las personas consumidoras
Las ortopedias proporcionan a las personas consumidoras productos sanitarios como prótesis u ortesis, y otras ayudas técnicas destinadas a paliar la pérdida de autonomía o capacidad física. En el siguiente reportaje del Portal del Consumidor le mostramos cuáles son las obligaciones que tienen este tipo de centros, así como sus derechos cuando acuda a uno de ellos.
La legislación establece la consideración de ortopedia a los establecimientos sanitarios que están bajo la dirección técnica de personal con titulación oficial, cualificación profesional, o experiencia requerida conforme a la legislación vigente, en los que se dispensan, con adaptación individualizada al paciente, productos sanitarios de ortopedia, así como ayudas técnicas destinadas a paliar la pérdida de autonomía o funcionalidad o capacidad física.
La cartera común de servicios que ofrecen las ortopedias se divide en implantes quirúrgicos como marcapasos, válvulas, stents), las prótesis externas (collarines, corsés, audífonos), las ortesis (dispositivos para mejorar aspectos funcionales o estructurales como rodilleras, coderas, férulas), las ortoprótesis (dispositivos externos que mejoran o reemplazan elementos corporales dañados, por ejemplo, brazos, caderas, piernas), dispositivos para mejorar la movilidad de los usuarios (muletas, bastones, andadores, sillas de ruedas).
Quedan excluidos los artículos ortoprotésicos destinados a uso deportivo, los utilizados con finalidades estética que no guarden relación con accidente, enfermedad o malformación ni aquellos de los que se realice publicidad dirigida al público en general.
Consejos como consumidor
Desde Consumo de la Comunidad de Madrid se recomienda siempre pedir siempre presupuesto de los productos y/o servicios adquiridos.
El presupuesto debe incluir los datos del establecimiento, los datos de la persona consumidora, detallar los productos adquiridos y/o los servicios recibidos, fecha y periodo de validez del mismo.
En el caso de que haya alguna variación de los servicios o del importe, se aconseja pedir un nuevo presupuesto.
Una vez recibidos los productos o servicios, es preciso solicitar comprobante de pago, tique o factura. Deberá indicar la fecha de adquisición, los datos del establecimiento y de la persona consumidora, así como el detalle de los productos adquiridos o de los servicios contratados. Ante cualquier reclamación deberá aportar el documento que acredite la compra, por tanto, conserve el tique o factura al menos durante el tiempo de garantía.
Tenga en cuenta que alguno de los productos adquiridos en las ortopedias están hechos a medida, por lo que no tendrá derecho a desistimiento ni devolución. Por ello infórmese sobre la política de devolución de la empresa.
Los productos adquiridos en una ortopedia tendrán una garantía de 3 años, por lo que si resultan defectuosos puede solicitar la reparación o la sustitución de los mismos.
Autorización de ortopedias
Una ortopedia es un centro sanitario, por tanto debe contar con una autorización sanitaria de funcionamiento e instalación junto a la licencia de apertura. En el caso que se realice la fabricación a medida de productos sanitarios de ortopedia, se deberá tener la preceptiva licencia de funcionamiento.
Puede consultar si su centro ortopédico dispone de autorización utilizando este buscador.
Por último, las ortopedias tienen la obligación de tener en lugar visible la autorización concedida por la Comunidad de Madrid, que indique el tipo de establecimiento de que se trata y su oferta asistencial.
Espacio físico
Las ortopedias, al ser establecimientos sanitarios, deben disponer de los siguientes espacios diferenciados para garantizar una asistencia segura:
- Zona de espera, con espacio y asientos suficientes para atender a los usuarios.
- Zona asistencial. Si el centro efectúa exploración física o aplicación de tratamientos, dispondrá de aquellos medios o elementos que permitan el desarrollo de la actividad asistencial en condiciones higiénicas.
- Zona de instalaciones y servicios generales, donde se ubicarán los aseos y los espacios destinados al proceso y almacenamiento de residuos, limpieza y almacenes.
Los suelos, paredes y techos deberán ser de materiales lisos y lavables. La zona asistencial debe reunir condiciones de limpieza e higiene adecuadas.
Adicionalmente, las ortopedias han de cumplir una serie de requisitos desde el punto de vista de la accesibilidad. Si el establecimiento dispone de varias plantas o cuenta con algún desnivel, éste deberá salvarse, a no ser que cada planta tenga una zona de asistencia sanitaria, una zona de espera y un aseo.
Documentación clínica
Las personas consumidoras tienen derecho a recibir por parte de la ortopedia la documentación que haga referencia a los resultados de su evaluación asistencial, así como de la aplicación de dispositivos o elementos ortoprotésicos.
Las ortopedias deberán también respetar el carácter confidencial de los datos referente a la salud de los consumidores y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización.
Ayudas
El Decreto 84/2021, de 30 de junio, establece el catálogo del material ortoprotésico de la Comunidad de Madrid, así como el procedimiento para la obtención de la prestación ortoprotésica para financiar la adquisición de prótesis o elementos de ortopedia necesarios para mejorar la calidad de vida.
Podrán ser beneficiarios de esta prestación las personas con derecho a asistencia sanitaria a cargo del Servicio Madrileño de Salud en el momento de producirse la asistencia por parte de la ortopedia.
Fecha de actualización: 5 de junio de 2023