Informe para concierto con medios privados por las mutuas de accidentes de trabajo
En el caso de que las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social no dispongan de recursos sanitarios y recuperadores, podrán prestar dichos servicios mediante concierto con medios privados. Para ello deberán recabar previamente informe preceptivo de contar dichos centros sanitarios privados con la debida autorización de funcionamiento y acreditación de suficiencia y adecuación de medios y hallarse inscritos en el registro de entidades sanitarias autorizadas.
Solicitud de informe
Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social y, en su caso, las entidades mancomunadas por ellas constituidas deben solicitar informe preceptivo para concierto con medios privados.
Normativa
Contacto
Subdirección General de Autorización y Acreditación de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios
C/ Espronceda, 24, 6ª planta, 28003 Madrid
Teléfono: 012
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