Resolución número 096/2023
Estimación de recurso ante la insuficiente acreditación de la solvencia técnica por parte del considerado adjudicatario. Anulación de la adjudicación y exclusión del primer clasificado.
Estimación de recurso ante la insuficiente acreditación de la solvencia técnica por parte del considerado adjudicatario. Anulación de la adjudicación y exclusión del primer clasificado.
Estimación. La discrecionalidad técnica del órgano de contratación para el establecimiento de prescripciones técnicas tiene como límite el respeto de los principios de contratación. La imposición de una cláusula limitativa de la competencia debe motivarse adecuadamente.
Estimación. La discrecionalidad técnica del órgano de contratación para el establecimiento de prescripciones técnicas tiene como límite el respeto de los principios de contratación. La imposición de una cláusula limitativa de la competencia debe motivarse adecuadamente.
Anulación procedimientos por discrepancia en respuestas a consultas y prescripciones técnicas.
Se le excluye del procedimiento de licitación por no acreditar la viabilidad de su oferta anormalmente baja. Su oferta incluye productos que no son originales por lo que la mesa de contratación le requiere para que aporte certificados de compatibilidad de los productos. No los aporta. Desestimación del recurso.
El órgano de contratación no ha cumplido, en sus estrictos términos, la resolución anterior del Tribunal, procediendo a efectuar una nueva valoración y vulnerando con ello la prohibición de la "reformatio in peius". Estimación con retroacción de actuaciones a efectos de cumplimiento de resolución anterior.
Anulación exclusión por falta de motivación.
Estimación de recurso. Restricción de la competencia a través de criterio de adjudicación que valora la territorialidad sin causa justificada y de CPV que conlleva acreditación de solvencia técnica de manera restrictiva.
Incumplimiento declaración Plan de Igualdad. Exclusión.
La propuesta económica se ha formulado en otra unidad de medida, no obstante, permite igualar de forma directa y por la mesa de contratación esta con el resto. Efectuadas las operaciones aritméticas a dos decimales se produce un número periódico puro que al efectuar las comprobaciones a la inversa va perdiendo dos unidades en 300 tomas. La mesa considera que la oferta se ha modificado. La modificación responde únicamente a la existencia de un número periódico puro a dos decimales y su aplicación matemática.