Empleados públicos
Obligación de relacionarse telemáticamente con la Administración para el personal a su servicio
INFORMACIÓN MUY IMPORTANTE
El personal de la Administración de la Comunidad de Madrid, cualquiera que sea la naturaleza funcionarial, laboral, estatutaria o eventual de su vinculación jurídica y la duración, permanente o temporal, de su relación de empleo, estará obligado a relacionarse electrónicamente con la Comunidad de Madrid para los trámites y actuaciones que realice con ella por razón de su condición de empleado público, en la forma y términos previstos en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, desde su fecha de entrada en vigor (24 de agosto de 2021).
NORMATIVA APLICABLE
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
Consulta tu nómina:
Destacamos:
Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid
Proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal
Bolsa de empleo para encomienda de funciones de superior categoría
Participación en Tribunales de Selección en procesos de Administración y Servicios
Provisión de puestos por Consejerías:
Otros temas sobre provisión:
Certificados
Promoción interna
Funcionarización
Concurso de traslados
Bolsas de personal laboral fijo
Formación