Resolución número 042/2023
Recurre la exclusión de su oferta anormalmente baja. El informe técnico está motivado y las alegaciones del recurrente no desvirtúan dicho informe. Se desestima el recurso.
Recurre la exclusión de su oferta anormalmente baja. El informe técnico está motivado y las alegaciones del recurrente no desvirtúan dicho informe. Se desestima el recurso.
Inadmisión recurso contra propuesta sobre baja de la mesa de contratación.
Recurre la exclusión del procedimiento de licitación por no justificar la viabilidad de su oferta incursa en temeridad. El informe técnico está debidamente motivado. No procede subsanación. Se desestima el recurso.
Inadmisión de recurso por extemporaneidad. Se notificó de forma fehaciente, por lo que se computa el plazo desde la notificación y no desde la publicación de la adjudicación en el Perfil.
Baja temeraria. El informe de justificación de la viabilidad de la oferta pone de manifiesto que no solo no cubre los gastos que conlleva el cumplimiento del contrato, sino que además su presupuesto está elaborado obviando las exigencias de los pliegos de condiciones.
Desestimación de recurso contra la exclusión de oferta por anormalidad no justificada.
Inadmisión de recurso por extemporáneo.
Alega el recurrente que el adjudicatario estaba incurso en baja temeraria y, sin embargo, no se ha tramitado el procedimiento contradictorio establecido en el artículo 149.4 de la LCSP. Revisado el expediente de contratación se constata que se ha realizado el procedimiento de referencia. Se desestima el recurso.
Se pretende la justificación de la viabilidad de una oferta con la inaceptación de la condición especial de ejecución, cuya penalidad y los gastos accesorios han sido a priori calculados para formular la propuesta económica. Principio de aceptación de los pliegos de condiciones sin merma y en su integridad. Alteración de este principio desde inicio.
Se estima el recurso contra la exclusión de la proposición por no justificar la viabilidad de la oferta, ante la falta de una resolución clara, motivada y reforzada por parte del órgano de contratación.