Cuestiones Varias

Resolución número 348/2024

Número de Resolución: 
348/2024
Fecha: 
Jueves, 12 Septiembre, 2024

Pliegos de condiciones. La recurrente considera que la exigencia establecida en los pliegos consistente en que el licitador sea operador de telecomunicaciones con red propia limita la concurrencia. Se estima el recurso, pues esta limitación supone una restricción a la competencia respecto de aquellos que no tienen red propia no quedando justificada la misma. En el mismo sentido la Comisión de los Mercados y la Competencia. 

Resolución número 347/2024

Número de Resolución: 
347/2024
Fecha: 
Jueves, 12 Septiembre, 2024

Pliegos de condiciones. Se recurre la propia exclusión que se estima por haber superado precios unitarios y ser una oferta inconsistente. Se impugna asimismo la admisión de la oferta de otro licitador, se acepta legitimación atendiendo al parámetro de dos licitadores, pero no se acreditan incumplimientos de prescripciones técnicas.

Resolución número 346/2024

Número de Resolución: 
346/2024
Fecha: 
Jueves, 5 Septiembre, 2024

Licitación electrónica. Desestimación de recurso pues no se admite documentación presentada fuera de la plataforma de licitación electrónica, al no acreditarse problemas técnicos. Tampoco puede permitirse subsanación de documentación técnica no presentada que permite verificar cumplimiento requisitos técnicos. No puede aplicarse criterio antiformalista en este caso.

Resolución número 341/2024

Número de Resolución: 
341/2024
Fecha: 
Jueves, 5 Septiembre, 2024

Motivación. Recurso contra la totalidad de la tramitación del expediente de licitación. No se han observado las estipulaciones de la LCSP tanto en el conocimiento de las ofertas, su valoración la motivación de los actos e incluso la resolución de adjudicación que se encuentra llena de errores. Se declara la nulidad del procedimiento

Resolución número 337/2024

Número de Resolución: 
337/2024
Fecha: 
Jueves, 5 Septiembre, 2024

Inadmisión de recurso en contrato de valor estimado igual a 1Inadmisión de recurso en contrato de valor estimado igual a 100.000 euros. Acto no recurrible conforme al artículo 44 LCSP, que exige valor superior a esa cifra. Incompetencia del Tribunal.00.000 euros. Acto no recurrible conforme al artículo 44 LCSP, que exige valor superior a esa cifra. Incompetencia del Tribunal.

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