Resolución número 175/2023
Estimación. El criterio de adjudicación sobre gestión de parques está mal formulado y no guarda relación con el objeto. Solvencia técnica: el certificado de salud y seguridad en el trabajo no vale para solvencia.
Estimación. El criterio de adjudicación sobre gestión de parques está mal formulado y no guarda relación con el objeto. Solvencia técnica: el certificado de salud y seguridad en el trabajo no vale para solvencia.
Se impugna el anuncio de licitación y el PCAP alegando su disconformidad con el plazo establecido para presentar la oferta al procedimiento de licitación. No presenta oferta posteriormente a la interposición del recurso. Falta de legitimación. El motivo de impugnación no le impide presentar oferta y no conculca el principio de igualdad.
Estimación de recurso que introduce un criterio de valoración restrictivo de la competencia, otorgando mayor puntuación a los centros especiales de empleo de iniciativa social, frente a los de iniciativa empresarial, sin motivación.
Pérdida de objeto al haber modificado los pliegos el Ayuntamiento.
Inadmisión recurso contra adjudicación de contrato de obras por cuantía inferior a 3.000.000 de euros.
Se estima recurso contra exclusión de la oferta de licitador que presenta oferta en único sobre. Contradicción entre cláusulas del pliego que no puede interpretarse en favor de quien lo redactó. No se vulnera secreto proposiciones.
Estimación con anulación de pliegos. Se introduce un criterio de adjudicación limitativo de la competencia y discriminatorio que no se encuentra justificado.
Desestimación. Se invoca causa de prohibición de contratar del artículo 71.1.a) LCSP que no ha sido probada por la recurrente. Tampoco la falta de competencia del órgano de contratación para la adjudicación del contrato.
Estimatoria. El coste cero en dos factores multiplicadores para fijar el precio a pagar no desvirtúa el riesgo de explotación. No se acredita fraude de ley.
Recurso con los pliegos de contrato de servicio de dirección letrada de Ayuntamiento. Allanamiento órgano de contratación. Estimación. Incumplimiento del artículo 145.1 de la LCSP ya que los criterios de valoración referentes a la calidad de la oferta no alcanza el 51% del total.