Resolución número 087/2024
Inadmisión por cuantía
Inadmisión por cuantía
Recurso contra valoración de ofertas. Inadmisión. Valor estimado inferior al establecido en el artículo 44.1.c) de LCSP.
Recurso contra pliegos. Desistimiento del órgano de contratación. Se da por terminada la tramitación del recurso por pérdida sobrevenida del objeto del contrato.
Recurso contra valoración de ofertas. Inadmisión. Valor estimado inferior al establecido en el artículo 44.1.c) de LCSP
Incompatibilidad de participación en la licitación a la empresa que ha redactado trabajos previos que han servido para la elaboración de los pliegos de condiciones. La financiación del contrato a través de fondos Next Generation conlleva la aplicación del reglamento Euratom de gestión de fondos públicos, el cual establece la exclusión de estas empresas en la licitación
El PACP establece la obligatoriedad de la visita a obras, pero no incluye que no acudir a esta visita sea causa de exclusión. Recurre el segundo clasificado. La ausencia se debió a causa de fuerza mayor y el órgano de contratación no habilito una segunda visita. Se desestima y considera valida la oferta aunque no incluya el certificado de visita a obra.
Recurso contra adjudicación de contrato por incumplir la oferta de la adjudicataria la normativa urbanística. Desestimación. Interpretación errónea del recurrente de la normativa recogida en el PGOUM y ordenanzas urbanísticas.
Estimación de recurso interpuesto contra la adjudicación previa tramitación del procedimiento de justificación de oferta incursa en presunción de anormalidad. Las dos solicitudes de aclaración formuladas tras el requerimiento de justificación de la oferta, no son verdaderas aclaraciones, sino reiteradas solicitudes de justificación de la baja normal.
Recurso contra la adjudicación del contrato por indebida valoración de su oferta de un criterio sujeto a juicio de valor. Desestimación. La propuesta del resto de licitadores es más completa. Doctrina de la discrecionalidad técnica y presunción de acierto.
Solvencia técnica desproporcionada. Se solicita el triple del valor medio anual. Legitimación del potencial licitador al que se imposibilita presentar oferta.