Limpieza

Resolución número 169/2020

Número de Resolución: 
169/2020
Fecha: 
Miércoles, 15 Julio, 2020

Desestimación de recurso contra el desistimiento del procedimiento de licitación. Cumple los requisitos exigidos por la LCSP, en su artículo 152 LCSP, en cuanto se realiza con antelación a la firma de contrato y se basa en la existencia de infracción no subsanable de las normas de preparación de los contratos. En este caso se produce como consecuencia del COVID-19 una modificación del objeto del contrato.

Resolución número 055/2020

Número de Resolución: 
055/2020
Fecha: 
Miércoles, 12 Febrero, 2020

Acumulación de recursos contra el contrato de RRU, limpieza viaria y Gestión del punto limpio del Ayuntamiento de Collado Villalba. El segundo de los recursos es planteado por la tercera clasificada que tras la resolución del primer recurso no varía su situación por lo que se inadmite por falta de legitimación. El primero de los recursos se interpone por la segunda clasificada contra la primera y se basa en diversos motivos que se desestiman.

Resolución número 046/2020

Número de Resolución: 
046/2020
Fecha: 
Miércoles, 5 Febrero, 2020

Desestimación de recurso contra contrato de suministro de maquinaria para la limpieza viaria y recogida de RSU del Ayto. de Collado Villalba. Interpuesto por un licitador excluído del procedimiento porque su propuesta no cumplía los requisitos mínimos exigidos, se le considera legitimado por fundamentar su recurso en el incumplimiento por parte de la adjudicataria de dichos requisitos técnicos exigidos. Analizadas ambas ofertas se considera que la mesa de contratación ha obrado conforme a norma al excluir al recurrente por incumplimiento y admitir al adjudicatario.

Resolución número 009/2020

Número de Resolución: 
009/2020
Fecha: 
Miércoles, 15 Enero, 2020

Estimación parcial de dos recursos contra la adjudicación de los 2 lotes de un contrato de servicios de limpieza. La oferta según el PCAP es un porcentaje de descuento sobre determinados precios unitarios. La fórmula prevista para puntuar las ofertas económicas es errónea pues no está pensada para porcentajes y distorsiona las puntuaciones. No cabe su modificación. Anulación del procedimiento.

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