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Ayudas a arrendatarios en situación de vulnerabilidad sobrevenida

Programa de ayuda a los arrendatarios cuyos ingresos netos hayan disminuido

Listados de requeridos a subsanar y solicitantes excluidos

Por razones de protección de datos algunos de los interesados figuran en los listados sin identificar más que por el número de expediente. En ese caso, si aportaron número de teléfono móvil, recibirán un SMS indicándoles el estado de su solicitud. Podrán acudir a la Oficina de Vivienda sita en Avda. Asturias 28, de lunes a viernes de 9.00h a 17.00h (servicio de información básica), donde PREVIA SU IDENTIFICACIÓN (DNI o NIE), se les podrá informar del estado de su solicitud. Se recomienda solicitar CITA, aunque también se atiende sin ella (tendrán prioridad las personas con cita). Asimismo, podrán enviar un correo electrónico, adjuntando copia de su DNI o NIE.

APROBADO EL TERCER LISTADO DE REQUERIDOS A SUBSANAR DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LAS PERSONAS ARRENDATARIAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD SOBREVENIDA

 

Por Resolución de 18 de abril de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, se aprueba el tercer listado de requeridos a subsanar en el proceso de concesión directa de las ayudas a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida, previsto en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono de Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, con indicación del motivo de incumplimiento.

 

TERCER LISTADO DE REQUERIDOS A SUBSANAR

 

Motivos de incumplimiento

Preguntas frecuentes

 

Los solicitantes incluidos en el listado de requeridos a subsanar dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, es decir DESDE EL 30 DE ABRIL AL 16 DE MAYO DE 2024, ambos incluidos, para presentar alegaciones, aportar o mejorar la documentación preceptiva, según el motivo de incumplimiento señalado.

Para presentar alegaciones y presentar documentación deberán aportar el formulario 3445F2_22, disponible en la sede electrónica en “Ayudas a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida”, debiendo ser presentado de manera prioritaria por medios electrónicos.

 

APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN

APROBADO EL SEGUNDO LISTADO DEFINITIVO DE EXCLUIDOS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LAS PERSONAS ARRENDATARIAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD SOBREVENIDA

 

Por Orden de 18 de abril de 2024, de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, se aprueba el segundo listado de solicitantes excluidos definitivos en el procedimiento de concesión directa de las ayudas a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida, convocadas mediante Acuerdo de 26 de octubre de 2022, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, con indicación del motivo de incumplimiento.

 

SEGUNDO LISTADO DEFINITIVO DE EXCLUIDOS

 

Motivos de incumplimiento

 

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, en el plazo de un mes, o directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computándose ambos desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, es decir, el plazo de interposición de recursos comienza el 30 de abril de 2024.