Montes de la Comunidad de Madrid
La cubierta vegetal de los sistemas forestales desarrolla un papel primordial en la protección y evolución de los suelos, regula los ciclos biogeoquímicos, atesora una insustituible riqueza genética, constituye el hábitat y la principal fuente de alimento y refugio para la fauna y detenta un enorme valor paisajístico y recreativo, además del estrictamente productivo.
La Comunidad de Madrid, a pesar de su tamaño, relativamente reducido, y de su alta densidad poblacional (la más alta de España), posee un medio natural relativamente extenso, diverso y bien conservado. La superficie forestal, entendiendo como tal la que no es objeto de cultivo o atención intensa y continuada por acción antrópica, cubre 442.417 ha, que corresponden a un 55% de la superficie total de la Comunidad, según los últimos datos disponibles del año 2022.
La presión que soporta esa vegetación forestal es cada día más intensa, y son también cada día más importantes sus valores ambientales y sociales. La consecuencia de todo ello es que la Consejería con competencias en medio ambiente se ve obligada a prestar una atención creciente a las labores orientadas a su conservación, restauración y ampliación.
Montes
Desde hace milenios, las comunidades humanas que han poblado las tierras de Madrid han ido modelando sus ecosistemas convirtiéndolos incluso a veces en sistemas más diversos, pero inestables, porque su perpetuación depende de su propio aprovechamiento.
Los diversos tipos de dehesas, los montes bajos (constituidos por árboles que han brotado de cepa o raíz después de una corta), la mayoría de los matorrales y pastos herbáceos naturales y bastantes pinares, sabinares y enebrales son buenos ejemplos de lo expuesto.
Los montes declarados de utilidad pública y los montes protectores deberán contar en todos los casos con un proyecto de ordenación de montes, plan técnico u otro instrumento de gestión equivalente.
En el resto de montes, la obligación de contar con un proyecto de ordenación o plan técnico aprobado y vigente se establece a partir de cierta superficie mínima en función de la vegetación presente o de la ubicación del monte, conforme a lo establecido por la normativa sectorial.
En el caso de los montes cuya gestión corresponde a la Comunidad de Madrid, son responsabilidad de ésta tanto la elaboración de los citados documentos como el control de su ejecución. Si, por el contrario, se trata de montes no gestionados por la Comunidad de Madrid, su función será adoptar las medidas necesarias para garantizar que sus propietarios los aprovechen de forma sostenida con las mayores facilidades posibles.
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