Los autobuses que realicen transporte público regular de uso general, así como las estaciones de transporte de viajeros, con el fin de que los usuarios puedan formular sus quejas y reclamaciones y que éstas sean conocidas por la Administración.
A efectos de su sellado y diligenciado, las empresas titulares de autorizaciones de transporte público discrecional de viajeros en autobús (VD) que resulten contratistas de servicios de transporte público regular de viajeros de uso general, así como las empresas que gestionan las estaciones de transporte de viajeros residenciadas en la Comunidad de Madrid, deberán presentar ante la Dirección General de Transportes un ejemplar de libro de reclamaciones, que será de libre edición, pero adaptado al modelo oficial que figura en el anexo II de la Orden FOM/1230/2013.