Clase

Autorización de centros de formación de conductores y homologación de cursos

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Habilitan para impartir cursos de formación de conductores profesionales

Los centros deberán estar autorizados para impartir cursos de cualificación inicial y formación continua de conductores profesionales (permisos de conducir C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E).
Los centros tendrán que homologar los cursos de formación que vayan a impartir.

Los cursos necesarios para obtener la formación inicial y la formación continua únicamente podrán impartirse en centros autorizados por las administraciones públicas correspondientes.

Aquellos centros que deseen impartir cualquiera de las modalidades de formación del CAP señaladas deberán solicitar la correspondiente autorización.

Los cursos impartidos por un centro autorizado deberán ajustarse a un modelo previamente homologado por la administración que autorizó el centro. La validez de la homologación será de 5 años, pudiendo prorrogarse a petición del centro de formación por periodos sucesivos de 5 años.