Acompañamiento en el hospital: servicios personalizados
Acompañando en el hospital a pacientes con discapacidad.
El Servicio de Acompañamiento a Pacientes Ambulantes con Discapacidad (APAD) tiene como objetivo facilitar el acompañamiento de pacientes ambulantes con necesidades especiales (discapacidad, física, psíquica o sensorial), que acuden al hospital de manera programada para recibir asistencia ambulatoria en consultas externas, cirugía mayor ambulatoria, unidad del dolor o realización de prueba diagnóstica, y que el día de la cita no pueden ser acompañados por un familiar o un allegado.
Requisitos para solicitar este servicio
Las tareas de acompañamiento se ajustarán exclusivamente a sustituir el papel de los familiares o allegados mientras dure la atención ambulante del paciente dentro del hospital.
Criterios para que el paciente pueda acceder al servicio de acompañamiento:
- Tener igual o más de 16 años.
- No estar institucionalizado.
- Tener una cita programada para consultas externas, cirugía mayor ambulatoria, unidad del dolor o realización de pruebas diagnósticas.
Cumplir uno de los siguientes supuestos:
- Tener una limitación física o movilidad reducida.
- Tener una discapacidad auditiva o visual.
- Tener una discapacidad psíquica.
- No tener familia o que ese día los familiares no puedan acompañarle.
Cómo solicitar el servicio
Formas de solicitar el servicio:
El servicio APAD será solicitado en los Servicios de Información y Atención al Paciente de los hospitales del Servicio Madrileño de Salud, con una antelación de al menos 3 días laborables antes de la cita. La solicitud podrá hacerse por los siguientes canales:
Web
Acceda al formulario de solicitud online.
Correo electrónico
A través del correo electrónico del Servicio de Información y Atención al Paciente de cada hospital.
Telefónicamente
A través del número de teléfono de cada Servicio de Información y Atención al Paciente de cada hospital.
Presencial
En los puntos de información y en el Servicio de Información y Atención al Paciente del propio hospital, rellenando un impreso de solicitud elaborado específicamente para este fin.
Hospitales que disponen de este servicio
En urgencias
El acompañamiento en Urgencias hospitalarias pretende minimizar la sensación de desasosiego y angustia que se genera en pacientes, familiares y allegados ante la aparición de un problema de salud inesperado. Facilita que los pacientes, que así lo deseen, puedan estar acompañados por una persona de su confianza mientras son atendidos en el servicio de urgencias, siempre que las circunstancias clínicas lo permitan.
Como norma general se facilitará el acompañamiento a todos los pacientes en los servicios de urgencias. Sólo se harán excepciones en el caso de que las circunstancias clínicas del paciente no lo permitan.
Cada centro sanitario, según sus peculiaridades, arbitrará el procedimiento para facilitar el acompañamiento en base a lo establecido.
Para facilitar el acompañamiento junto con el normal desarrollo de la actividad asistencial los acompañantes deberán seguir las recomendaciones que desde el punto de vista organizativo establezca el centro sanitario.
Del mismo modo se han establecido las medidas necesarias para que se proporcione a los pacientes y, siempre que así lo autoricen, a sus familiares que se encuentren en la sala de espera, información clínica cada 90 minutos, contribuyendo así a mitigar la preocupación y el desasosiego que produce el desconocimiento de la evolución del proceso que ha motivado la asistencia al servicio de urgencias.
Además, en los hospitales de la red pública de la Comunidad de Madrid, existe un grupo específico de profesionales capacitados y dispuestos a atender cualquier necesidad de información que precisen los pacientes y sus familias, conocidos coloquialmente como los "chaquetas verdes".