Asesoramiento y registros en materia de prevención
Asesoramiento a la empresa
Integrar la prevención en todos los niveles y actividades de las empresas es fundamental.
Esta sección se ha planteado con la idea de ayudar, fundamentalmente a emprendedores y empresarios noveles a integrar la prevención de riesgos laborales en sus organizaciones recién creadas. Tomando conciencia del esfuerzo y la inversión que ello supone, queremos contribuir a que la aplicación de la normativa preventiva sea practicable, eficaz y rentable.
Gestión de la PRL por etapas
La prevención de los riesgos laborales es algo más que tomar decisiones aisladas e independientes. No se trata solo de cumplir formalmente la ley. Antes de tomar cualquier decisión sobre cómo cumplir las obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales debes ser consciente de que tu papel consiste en elevar al máximo nivel posible las condiciones de seguridad y salud de la empresa y de los trabajadores para alcanzar el más alto grado de bienestar, físico, psíquico y social, evitando accidentes, enfermedades e insatisfacciones entre tus empleados.
Esta guía te ayudará en la toma de decisiones.
Notifica los accidentes de trabajo
Para ello deberás saber...
Notifica las enfermedades profesionales
Para ello deberás saber...
Si vas a trabajar con amianto
Si tu empresa o tus instalaciones principales se ubican en Madrid y vas a trabajar con amianto o lo tienes previsto en los próximos meses, antes de comenzar deberás cumplir los siguientes trámites.
Pero antes te recordamos la normativa de aplicación.
Listado de las empresas registradas en el RERA. Actualizado 2024
Si operas en el sector de la construcción
- Designa un Coordinador de Seguridad y Salud
- Durante la elaboración del Proyecto de Obra cuando en el mismo intervengan varios proyectistas.
- Durante la Ejecución de la Obra si intervienen o van a intervenir más de una empresa o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos.
- Proporciona a todos contratistas los datos necesarios para realizar una correcta Apertura de Centro de Trabajo y vela porque así lo hagan.
- Comunica la Apertura del Centro de Trabajo de cada una de las obras previamente a iniciar los trabajos.
- Expón la Comunicación en lugar visible en la obra y mantenla actualizada frente a cualquier posible cambio.
Documentación a presentar:
- En Obras con proyecto: Plan de Seguridad y Salud en obras y Acta de Aprobación del Plan.
- En Obras sin proyecto: Evaluación de Riesgos correspondiente al centro de trabajo.
Para realizar modificaciones:
- De los datos de Apertura: Presentar un nuevo impreso de apertura indicando que se trata de una modificación y recogiendo el número de registro de la apertura inicial que estamos modificando. Dicho escrito debe presentarse en un plazo máximo de diez días una vez producida la modificación.
- Del Plan de Seguridad y Salud: Se elaborará un Anexo recogiendo, los datos completos de los nuevos trabajos u operaciones y se presentará acompañado de su Acta de Aprobación y de un documento de acompañamiento, en el que se recojan los datos de Número de la Comunicación de Apertura con la que se Presentó el Plan de Seguridad y Salud original, datos de la empresa que presenta el Anexo y dirección de la obra.
Comunicación de apertura o reanudación de la actividad de centros de trabajo en obras de construcción.
Análisis e investigación de las causas de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales
En el caso de que en tu empresa acontezca un Accidente de Trabajo o se declare una Enfermedad Profesional el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo activará un procedimiento de análisis e investigación de las causas con la idea de colaborar en la proposición de medidas correctoras para su reducción y/o eliminación.
Accidentes de trabajo
Una vez conocido el Accidente de Trabajo, el Técnico de Prevención del IRSST asignado se desplaza al centro de trabajo donde se produjo el mismo, a la mayor brevedad posible, al objeto de realizar una inspección ocular del lugar y del agente material y conocer la forma y circunstancias, para lo cual se entrevista a los testigos, si los hubo, compañeros, mandos intermedios, etc.., con el fin de recabar los datos necesarios para determinar las causas origen del accidente e identificar los riesgos no controlados en el puesto de trabajo.
Una vez identificados éstos, se comprueba si los mismos están recogidos en la evaluación inicial que la empresa tiene obligación de realizar. También se recoge información sobre si la citada evaluación la ha realizado la propia empresa o se ha recurrido a un servicio de prevención ajeno.
Con todos estos datos se confecciona el correspondiente informe que se remite a la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social, a la Administración de justicia, si fuera oportuno, así como a otras instituciones que se considere necesario informar. Igualmente, si así es solicitado, se realiza labor pericial en la materia.
A posteriori se envían recomendaciones de seguridad y salud a la empresa en la que haya ocurrido el accidente si así se considera necesario. Del mismo modo, cuando se considera pertinente se hacen visitas de asesoramiento a la empresa en la que se produjo el accidente.
Enfermedad profesional
Recibido el Parte de Enfermedad Profesional, es asignado un Técnico de Prevención del IRSST para hacerse responsable de la investigación, la cual se lleva a cabo, bien a iniciativa, bien a requerimiento de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social o de otros organismos e instituciones.
En una primera fase, el Técnico recaba información, a través de los Servicios de Prevención Propios o Ajenos, acerca de los datos de la Enfermedad padecida por el trabajador: inicio de los síntomas, evolución, pruebas practicadas para llegar al diagnóstico definitivo y situación actual del trabajador/a.
En una segunda fase, se visita el puesto de trabajo con el fin de identificar los riesgos y comprobar que figuren en la evaluación de riesgos de la empresa. En esta fase se trata de relacionar los riesgos que se han comprobado mediante observación "in situ" con el daño sufrido por el trabajador, con el fin de establecer una relación causa-efecto.
En una tercera fase, con los datos recabados, se elabora un informe que posteriormente se remite al organismo solicitante.
Baja médica: un derecho y un deber
La baja médica es una prescripción del médico que forma parte del tratamiento integral del paciente trabajador.
Nace tras el reconocimiento de un trabajador que ha perdido la salud y necesita asistencia sanitaria, en el que se objetivan limitaciones que le impiden temporalmente su trabajo.
Supone un reconocimiento legal de la situación, que cubre la asistencia sanitaria y la pérdida de rentas que se produce.
La incapacidad se refiere a las limitaciones que impiden desempeñar las funciones habituales de un puesto de trabajo.
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